EDWARDS THOMAS COOK GONZALEZ C/ JOE FERNANDO SERRANO ORTEGA
Rol
O-6232-2021
Fecha
1 de marzo de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: “El día 08/11/2021, alrededor de las 09:50 PM horas, el requerido JOE FERNANDO SERRANO ORTEGA se encontraba en la vía pública, en la calle AVENIDA LA PAZ N°937 en la comuna de RECOLETA, portando consigo un arma blanca de 30 centímetros de hoja y 13 centímetros de empuñadura, sin justificar razonablemente su porte.” Santiago, a primero de Marzo del año dos mil veintidós. OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: En virtud, además, de lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 7°, 11 N°9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 21, 31, 49, 50, 68, 69 70 y 288 bis del Código Penal; y 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Se Resuelve: I. Se condena a JOE FERNANDO SERRANO ORTEGA, cédula nacional de identidad Nº 14.866.439-0, por su responsabilidad como autor del delito consumado de Portar un arma cortante en la vía pública, ilícito descrito y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, por el hecho cometido en la comuna de Recoleta el día 08 de Noviembre de 2021, a la sanción pecuniaria de multa ascendente a UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y al comiso y destrucción del arma cortante incautada el día de los hechos. Destrúyase el arma incautada, tipo cuchillo, con instrucciones administrativas que imparta la fiscalía local para estos efectos. II. Se exime al sentenciado del apercibimiento indicado en el artículo 49 del Código Penal atendida su actual privación de libertad en C.D.P. Santiago Uno. III. Se le exime del pago de las costas de la causa, en atención a que, habiendo reconocido los hechos, renunció a su derecho a juicio, evitando los gastos asociados a ello. Habiendo los intervinientes renunciado a los recursos legales de impugnación, certifíquese que la sentencia se encuentra ejecutoriada y cúmplase lo indicado en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. HEXMYXXXGX PAULA ANDREA BRITO CASTRO Juez de garantía Fecha: 02/03/2022 16:58:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN
Fallo
Se Resuelve: I. Se condena a JOE FERNANDO SERRANO ORTEGA, cédula nacional de identidad Nº 14.866.439-0, por su responsabilidad como autor del delito consumado de Portar un arma cortante en la vía pública, ilícito descrito y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, por el hecho cometido en la comuna de Recoleta el día 08 de Noviembre de 2021, a la sanción pecuniaria de multa ascendente a UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y al comiso y destrucción del arma cortante incautada el día de los hechos. Destrúyase el arma incautada, tipo cuchillo, con instrucciones administrativas que imparta la fiscalía local para estos efectos. II. Se exime al sentenciado del apercibimiento indicado en el artículo 49 del Código Penal atendida su actual privación de libertad en C.D.P. Santiago Uno. III. Se le exime del pago de las costas de la causa, en atención a que, habiendo reconocido los hechos, renunció a su derecho a juicio, evitando los gastos asociados a ello. Habiendo los intervinientes renunciado a los recursos legales de impugnación, certifíquese que la sentencia se encuentra ejecutoriada y cúmplase lo indicado en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. HEXMYXXXGX PAULA ANDREA BRITO CASTRO Juez de garantía Fecha: 02/03/2022 16:58:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de vera
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TERCER JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2101012072-9 RIT : 6232- 2021 MATERIA: PORTE DE ARMA CORTANTE EN LA VÍA PÚBLICA. SENTENCIADO: JOE FERNANDO SERRANO ORTEGA, ignoro profesión u oficio, cédula nacional de identidad Nº 14.866.439-0 domiciliado en Avda. Carrascal Neptuno N°5254, en la comuna de Quinta Normal RESOLUCIÓN: SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO ATENUANTES: ARTÍCULO
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