VANEGAS/AYPREV SPA
Rol
O-1392-2019
Fecha
1 de junio de 2021
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar, además del ofrecimiento de prueba por las partes comparecientes. Finalmente, se fija audiencia de juicio. Quinto: Medios de prueba demandante. Que, en la audiencia de juicio la parte demandante incorporó los siguientes medios de prueba. Prueba documental 1. Contrato de Trabajo, fechado 06 de agosto de 2018, celebrado entre el demandante y la demandada principal, AYPREV SpA. 2. Contrato de Trabajo, fechado 01 de marzo de 2019, celebrado entre mi representado y la demandada principal en estos autos, AYPREV SpA. 3. Liquidaciones de remuneraciones de mi representado, don Yhonny Vanegas Larios, correspondientes a los meses de agosto a diciembre del año 2018, ambos meses inclusive; y de enero a mayo de 2019, ambos meses inclusive. 4. Carta de Autodespido remitida a la empresa demandada principal, AYPREV SpA, de fecha 08 de agosto de 2019. 5. Carta de Autodespido emitida a la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, con fecha 09 de agosto de 2019. 6. Comprobante de envío de carta certificada, a través de Correos de Chile, de carta de Autodespido a destinatario Sociedad de Obras Menores en Construcción y Servicios Ayprev SpA, de fecha 09 de agosto de 2019. 7. Cartola de cotización es de FONASA del actor, don Yhonny Vanegas Larios, cédula de identidad N° 26.309.531-6, de fecha 02 de agosto de 2019. 8. Cartola de cotizaciones de AFP PLAN VITAL del demandante, don Yhonny Vanegas Larios, de fecha 02 de agosto de 2019. 9. Cartola de cotizaciones de Seguro de Cesantía del trabajador demandante, don Yhonny Vanegas Larios, de fecha 02 de agosto de 2019. Prueba confesional Se solicitó la comparecencia a la audiencia de juicio de los representantes legales de las demandadas. 1.- Respecto de la demandada principal, no compareció el representante legal, solicitando se hiciera efectivo el apercibimiento. Decisión: atendida su no comparecencia se accederá a la solicitud de apercibimiento. 2.- Compareció, en representación de la demandada solidaria C
Fundamentos
considerando: Primero: Que, comparecieron los abogados Alexandra Andrea Pozo Ayala, RUN 16.874.763-2, y Jaime Roberto Aguilera Alarcón, RUN 15.629.554-K, en representación de Yhonny Alexander Vanegas Larios, cédula de identidad de extranjeros 26.309.531-6, todos con domicilio en calle Luis Uribe 636, oficina 308, de Antofagasta, interponen demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales, en contra de 1) Sociedad de Obras Menores en Construcción y Servicios Ayprev SPA, RUT 76.389.988-8, representada legalmente por Fanny Marlen Malebrán Ardiles, RUN 17.433.644-K, ambos con domicilio en Calle Secundino Carrizo 01333, Antofagasta, y en virtud de las normas de subcontratación laboral, en contra de Aguas de Antofagasta S.A., RUT 76.418.976-0, representada legalmente por Fredy Zuleta Dávila, desconoce RUN, ambos con domicilio en Av. Pedro Aguirre Cerda 6496, de Antofagasta, solicitando se acoja la demanda en todas sus partes con costas. Primero: Demanda. Que, los abogados ya individualizados exponen los siguientes fundamentos de hecho y derecho. I.- Antecedentes relación laboral: i) fecha de inicio: 6 de agosto de 2018; ii) vigencia: indefinida; iii) función: operario en mantenimiento; iv) remuneración para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo por $1.036.005, compuesto por sueldo base por $350.000, gratificación legal $87.500, bono colación $44.575, bono de movilización por $70.000, bono productividad por $300.000, bono iniciativa $283.440, correspondiendo a una remuneración variable, considerando los tres últimos meses. II.- Terminación relación laboral: 8 de agosto de 2019 por despido indirecto, en virtud de la causal del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, esto es, por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, dando por expresamente reproducida la comunicación, específicamente el no pago de cotizaciones de seguridad social, específicamente 1) AFP Plan Vital: i) no informadas: agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre todas del año 2018; y las de los meses de enero, febrero, junio y julio de 2019; ii) cotizaciones atrasadas: marzo, abril y mayo de 2019. 2) Fonasa: i) no informadas: agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, todas del año 2018; y las de los meses de enero, febrero, junio y julio de 2019. 3) Seguro de cesantía: i) no informadas: los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre todas del año 2018; y las de los meses de enero, febrero, junio y julio de 2019. III.- Fundamentos de derecho: Expone las consideraciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales, que se dan por expresamente reproducidas, relativas a la acción de despido indirecto, a la causal invocada en relación con el no pago de cotizaciones de seguridad social, citando sentencias en la materia, refiriendo que se trata de una obligación esencial del contrato de trabajo, citando el artículo 58 del Código del Trabajo. Además, agrega la procedencia de la acción de nul
Fallo
se declara frustrado, fijando los hechos a probar, además del ofrecimiento de prueba por las partes comparecientes. Finalmente, se fija audiencia de juicio. Quinto: Medios de prueba demandante. Que, en la audiencia de juicio la parte demandante incorporó los siguientes medios de prueba. Prueba documental 1. Contrato de Trabajo, fechado 06 de agosto de 2018, celebrado entre el demandante y la demandada principal, AYPREV SpA. 2. Contrato de Trabajo, fechado 01 de marzo de 2019, celebrado entre mi representado y la demandada principal en estos autos, AYPREV SpA. 3. Liquidaciones de remuneraciones de mi representado, don Yhonny Vanegas Larios, correspondientes a los meses de agosto a diciembre del año 2018, ambos meses inclusive; y de enero a mayo de 2019, ambos meses inclusive. 4. Carta de Autodespido remitida a la empresa demandada principal, AYPREV SpA, de fecha 08 de agosto de 2019. 5. Carta de Autodespido emitida a la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, con fecha 09 de agosto de 2019. 6. Comprobante de envío de carta certificada, a través de Correos de Chile, de carta de Autodespido a destinatario Sociedad de Obras Menores en Construcción y Servicios Ayprev SpA, de fecha 09 de agosto de 2019. 7. Cartola de cotización es de FONASA del actor, don Yhonny Vanegas Larios, cédula de identidad N° 26.309.531-6, de fecha 02 de agosto de 2019. 8. Cartola de cotizaciones de AFP PLAN VITAL del demandante, don Yhonny Vanegas Larios, de fecha 02 de agosto de 2019.
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO: Aplicación General. MATERIA: Despido indirecto, cobro de prestaciones y nulidad del despido. DEMANDANTE: YHONNY ALEXANDER VANEGAS LARIOS. DEMANDADA: AYPREV SPA y Otro. RIT: O-1392-2019 RUC: 19- 4-0226312-4 ____________________________________________________/ Antofagasta, uno de junio de dos mil veintiuno. Vistos, oídos y considerando: Primero: Que, comparecieron los abogados Al
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