FISCALIA POZO ALMONTE C/ ARSENIO AYCA MARAZA
Rol
O-824-2019
Fecha
1 de marzo de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS “El día 26 de Junio del año 2019 aproximadamente a las 10:30 horas persona l de Carabineros de Chile realizaba labores de patrullaje por la Ruta A-457 altura kilómetro 23.400 de la comuna de Huara percatándose que en el lugar se encontraba el vehículo marca Mitsubishi modelo Delica placa patente KYVF.52 el cual se encontraba en panne sin una de sus ruedas delanteras y sin la chapa de seguridad del maletero, pudiendo verificar que este vehículo había sido Robado el 25 de Junio del año 2019 desde la comuna de Alto Hospicio y que mantenía el encargo vigente n° 5137 -06-2019, circunstancias en que llega al lugar el acusado ARSENIO AYCA MARAZA en compañía de otro sujeto provistos ambos de neumáticos para el vehículo en panne y manteniendo en su poder el acusado Ayca Maraza una llave de contacto para el vehículo placa patente KYVF.52, indicando el acusado Ayca Maraza al personal policial que le habían entregado el vehículo para trasladarlo hasta el sector de Cariquima a cambio de una suma de dinero, circunstancias todas estas inequívocas de que el acusado Ayca Maraza no podía menos que conocer el origen espurio del vehículo placa patente KYVF.52 .” Pozo Almonte, uno de marzo del año dos mil veintidós. Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a ARSENIO AYCA MARAZA, de nacionalidad boliviana, cédula de identidad para extranjeros N° - , domiciliado en calle Santa Rosa de Molle N° , comuna de Alto Hospicio, como autor del delito consumado de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 56 bis A del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día junio del año , a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos días Presidio menor en su grado medio días Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión condicional días CRS Alto Hospicio Observación: Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo de la Ley N° 8.2 6, se sustituye al sentenciado la pena privativa de KSLLYHMBNZ Raul Fernando Santander Padilla Juez de garantía Fecha: 01/03/2022 21:04:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl . libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo someterse a la observación y vigilancia de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, por igual periodo de la pena corporal, debiendo además cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de
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. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y si guientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrad
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