Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ BRANCO JULIÁN VEGA CASAS

Rol

O-2187-2020

Fecha

1 de marzo de 2022

Materia

ATENTADO CONTRA JEFE DE ESTADO O AUTORIDAD PUBLICA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 11 de marzo de 2020, a las 20:45 horas aproximadamente, en la vía pública, específicamente en calle O’Higgins esquina Colipí de la comuna de Copiapó, los imputados SEBASTIÁN ISRAEL ROJAS CORIA y WLADIMIR ANDRÉS ARAYA CERICHE, participaban en una manifestación pública con interrupción del libre tránsito vehicular, en la cual los imputados comenzaron a lanzar piedras y palos al personal uniformado de Carabineros de Chile que concurrió al lugar. SE DECLARA: I. Que se condena a SEBASTIÁN ISRAEL ROJAS CORIA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Atentado contra jefe de estado o autoridad publica., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. La pena de multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención entre el 11 y 12 de marzo de 2020. III. De conformidad a lo previsto en el artículo 38 de la Ley 18.216, ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin de que proceda a omitir de la emisión del certificado de antecedentes la presente condena. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./mmg WDYXYHSQPX Víctor Manuel Santana Escobar Juez de garantía Fecha: 01/03/2022 16:31:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a SEBASTIÁN ISRAEL ROJAS CORIA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Atentado contra jefe de estado o autoridad publica., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. La pena de multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención entre el 11 y 12 de marzo de 2020. III. De conformidad a lo previsto en el artículo 38 de la Ley 18.216, ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin de que proceda a omitir de la emisión del certificado de antecedentes la presente condena. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./mmg WDYXYHSQPX Víctor Manuel Santana Escobar Juez de garantía Fecha: 01/03/2022 16:31:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccide

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., uno de marzo de dos mil veintidós TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: VÍCTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR RUC: 2000278209-0 RIT: 2187 - 2020 IMPUTADO: SEBASTIÁN ISRAEL ROJAS CORIA C.I. 0020591961-9 FECHA DE NAC. 13 DE OCTUBRE DE 2000 DIRECCION Calle TRES ORIENTE N°1207 FORMA ESPECIAL DE NOTIFICACIÓN AL TELÉFO

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