C/ PATRICIO IGNACIO ROJAS SEPÚLVEDA
Rol
O-8-2021
Fecha
28 de febrero de 2022
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 14 de enero de 2020, aproximadamente a las 02:10 horas, el acusado PATRICIO IGNACIO ROJAS SEPULVEDA y Matías Ismael Figueroa Figueroa mantuvieron en su poder y transitaron en el vehículo PPU LBTB-43, desempeñando el acusado Rojas Sepúlveda la conducción y ocupando el imputado Figueroa Figueroa la posición de copiloto, circulando desde las inmediaciones de la intersección de Av. Manuel Antonio Matta con San Enrique hasta Av. Manuel Antonio Matta a la altura del número 0407, Quilicura. El vehículo PPU LBTB-43, inscrito a nombre de Gonzalo Román Muñoz, había sido sustraído por desconocidos el mismo día 14/1/20, aproximadamente a la 1:30 horas, mediante un delito de robo con intimidación cometido contra Manuel Olave Farías en las inmediaciones de la intersección de La Serena con Manuel Rodríguez, La Granja, y los imputados lo mantuvieron en su poder y utilizaron conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo, ya que no la habían recibido voluntariamente de su dueño o tenedor legítimo, no mantenían documento o antecedente alguno que justificara su tenencia legítima, y huyeron a alta velocidad de carabineros que intentaron BLANCA DEL CARMEN ROJAS ARANCIBIA Juez Integrante Fecha: 28/02/2022 14:05:29 MAURICIO ALFREDO RETTIG ESPINOZA Juez Redactor Fecha: 28/02/2022 14:37:33 HPDWYHQKGM EDUARDO ABEL GALLARDO FRIAS Juez Presidente Fecha: 28/02/2022 16:06:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:patricio0539@hotmil.com 2 fiscalizarlos, deteniéndose solamente tras colisionar con la reja de un inmueble ubicado en Av. Manuel Antonio Matta 0407, Quilicura”. 2. Calificac
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que con fecha miércoles veintitrés de febrero dos mil veintidós, ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por el magistrado don EDUARDO GALLARDO FRÍAS e integrada por los magistrados doña BLANCA ROJAS ARANCIBIA y don MAURICIO RETTIG ESPINOZA, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral RIT N° 08-2021, seguido en contra del acusado PATRICIO IGNACIO ROJAS SEPÚLVEDA, RUN 20.818.804-6, domiciliado en Calle San José Volcan Socompa Nº 0539, chileno, 20 años, nacido el día 11 octubre de 2001, soltero, correo electrónico patricio0539@hotmil.com, cesante, representado por la defensora penal pública ANDREA ROJAS VILLA con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público, representado por la Fiscal adjunta de la Fiscalía-Regional Metropolitana Centro Norte, doña CAMILA PALMA SÁEZ, con sus datos ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que el Ministerio Público sostuvo en su acusación que: 1. Los Hechos: “El día 14 de enero de 2020, aproximadamente a las 02:10 horas, el acusado PATRICIO IGNACIO ROJAS SEPULVEDA y Matías Ismael Figueroa Figueroa mantuvieron en su poder y transitaron en el vehículo PPU LBTB-43, desempeñando el acusado Rojas Sepúlveda la conducción y ocupando el imputado Figueroa Figueroa la posición de copiloto, circulando desde las inmediaciones de la intersección de Av. Manuel Antonio Matta con San Enrique hasta Av. Manuel Antonio Matta a la altura del número 0407, Quilicura. El vehículo PPU LBTB-43, inscrito a nombre de Gonzalo Román Muñoz, había sido sustraído por desconocidos el mismo día 14/1/20, aproximadamente a la 1:30 horas, mediante un delito de robo con intimidación cometido contra Manuel Olave Farías en las inmediaciones de la intersección de La Serena con Manuel Rodríguez, La Granja, y los imputados lo mantuvieron en su poder y utilizaron conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo, ya que no la habían recibido voluntariamente de su dueño o tenedor legítimo, no mantenían documento o antecedente alguno que justificara su tenencia legítima, y huyeron a alta velocidad de carabineros que intentaron BLANCA DEL CARMEN ROJAS ARANCIBIA Juez Integrante Fecha: 28/02/2022 14:05:29 MAURICIO ALFREDO RETTIG ESPINOZA Juez Redactor Fecha: 28/02/2022 14:37:33 HPDWYHQKGM EDUARDO ABEL GALLARDO FRIAS Juez Presidente Fecha: 28/02/2022 16:06:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:patricio0539@hotmil.com 2 fiscalizarlos,
Fallo
Por estas consideraciones solicita la absolución de su representado. SÉPTIMO: Réplicas. Las partes no replicaron. OCTAVO: Valoración de la declaración del acusado y de la prueba incorporada en el juicio oral. Que, la declaración del acusado PATRICIO IGNACIO ROJAS SEPÚLVEDA no fue más que un intento infructuoso por desligarse de la responsabilidad penal que en derecho le corresponde. En efecto, el acusado plantea una tesis alternativa que estaría apoyada por las declaraciones de la madre del acusado, la testigo ERICA DEL CARMEN SEPULVEDA FUENTES, quien señaló que su hijo salió a las 23:00 horas de la noche a juntarse con su amigo Diego y pese a que se estaría comunicando por mensajes de texto afirma que permaneció en ese lugar hasta las doce de la noche y que luego se habría trasladado hasta el domicilio de su polola quien no declaró en el juicio oral. La testigo FABIOLA ANDREA VERA LOBOS, intenta confirmar esta hipótesis al referir que el acusado permaneció en su casa hasta las 23:00 horas y que luego se fue a la casa de su polola. Como se aprecia ninguna de las versiones de las testigos de la defensa permiten afirmar que habría hecho el acusado a partir de las 23:00 horas lo que es relevante si se considera que el delito de robo con intimidación del vehículo fue a las 01:30 horas y el hecho constitutivo de receptación fue aproximadamente a las 02:10. Por lo tanto, la versión del acusado en cuanto afirma que se subió a un vehículo que cuatro sujetos estaban ostentando para
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ PATRICIO IGNACIO ROJAS SEPÚLVEDA RUC: 2000053956-3 RIT: 08-2021 DELITO: DELITO DE RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO Santiago, lunes veintiocho de febrero de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que con fecha miércoles veintitrés de febrero dos mil veintidós, ante esta Sala del Segund
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