2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MÉNDEZ CON OBRASCON HUARTE LAIN S.A. AGENCIA EN CHILE OHL

Rol

M-633-2021

Fecha

1 de junio de 2021

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece VICTOR HOLLWIES MENDEZ MAGUN, RUT 12.656.710-3, casado, de oficio Rigger, domiciliado en calle Doctor Raimundo Charlin N°722, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago y deduce demanda a fin que se declare el despido como nulo conforme a la ley, indebido o injustificado y el cobro de mis prestaciones adeudadas, en contra de la ex_empleadora OBRASCON HUARTE LAIN S.A. AGENCIA EN CHILE, empresa del giro concesionaria de 00.PP. y construcción, RUT 59.059.340-0, representada legalmente por Luis Papa de Pablo Ruiz, en su carácter de GERENTE GENERAL, ambos domiciliados para estos efectos en Cerro El Plomo N°5855 piso 15 of.1501, comuna de Las Condes, Santiago de acuerdo a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Refiere que con fecha 03 de junio de 2019 celebró contrato de Trabajo fijo que se transformó de plazo Indefinido el 01 de julio de 2019 para desempeñarse como Rigger, para la demandada empresa OHL SA en la obra en construcción Proyecto Ampliación de Terceras Pistas de la Autopista del Sol, construcción, reparación y recarpeteado de la ruta 78 Santiago-San Antonio, para la empresa mandante Vías de Chile, en la ruta 78 (Santiago a San Antonio), en el último puesto de trabajo ubicado en el Km 14.300 de la Ruta a la altura del Peaje Rinconada de la Comuna de Maipú. Señala que las órdenes e instrucciones se impartían por el jefe directo el Sr Juan José Villagrán, el Administrador del Contrato de la obra en construcción y la Sra. Ruth Castillo como encargada a Nivel Nacional del Área de Prevención de Riegos de la empresa, quienes se desempeñaron siempre como su superior y vinculado con el Prevencionista de Riesgos de la Empresa el Sr. Cristian Leiva Escudero. Indica que la jornada de trabajo efectiva estaba establecido en turnos y jornada de trabajo de 45 horas semanales, con sucesivos pactos de horas extraordinarias. El contrato de trabajo se escrituró y recibió una copia. Refiere que por sus servicios percibía

Fallo

por tanto la reserva es impertinente e inoficiosa por ser genérica. Invoca fallo de la Excma. Corte Suprema de 14 de octubre de 2014. Hace presente que de la lectura de la demanda no es posible advertir que es lo que se solicita por lo que no cumple con los requisitos del artículo 446 N° 4 y 5 del Código del Trabajo y debe ser rechazada. Alega que sólo realiza afirmaciones generales, ambiguas e impertinentes. Dice en primer lugar que el despido es verbal, pero luego reconoce que sí recibió la carta. No indica las prestaciones del petitorio, pide que se le pague remuneraciones de enero y febrero de 2021, en circunstancias que el despido es de enero de 2021. Sostiene que el actor no reservó derecho para presentar la presente demanda. Se le entregó carta por necesidades de la empresa y la firmó. Refiere que los hechos de la carta da cuenta de la reestructuración, por la reprogramación y las dificultades operativas y las medidas sanitarias debido al Covid 19. Explica que se despidió a 100 trabajadores entre junio de 2020 a enero de 2021. Que al momento del despido el actor no estaba suspendido conforma a la ley de Protección del Empleo. Sostiene que la causal es objetiva y se funda en hechos constatables y por lo tanto la demanda carece de fundamento y plantea un relato inverosimil. Pide que se rechace la demanda y el pago del 30% de recargo. En todo caso niega las supuestas amenazas de muerte, o que haya siso acosado para sacarlo de la obra. Alega que la base de cálculo se encue

Texto Completo (Preview)

Santiago, primero de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece VICTOR HOLLWIES MENDEZ MAGUN, RUT 12.656.710-3, casado, de oficio Rigger, domiciliado en calle Doctor Raimundo Charlin N°722, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago y deduce demanda a fin que se declare el despido como nulo conforme a la ley, indebido o injustificado y el cobro de mis prestaciones

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica