SANDRA DEL CARMEN OLIVARES GALDAMES C/ JESÚS ALEXANDER MALTES CASTRO
Rol
O-12458-2019
Fecha
25 de febrero de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento, son los siguientes: Hechos: El día 15 de Diciembre de 2018, alrededor de las 14:30 horas, el imputado JESÚS ALEXANDER MALTES CASTRO se encontraba discutiendo con 5 sujetos desconocidos en calle Topocalma con calle QPBXYHFDDJ CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 28/02/2022 12:16:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Chungara, comuna de Renca. En dicho contexto el imputado procedió a sacar un machete y un arma de fuego, al parecer artesanal. Ante tal situación, la víctima KATHERINE ANDREA VILLAGRA ARAVENA, menor de 17 años de edad, quien se encontraba en el ante jardín del domicilio ubicado en calle Topocalma N° 6572, Comuna de Renca, al ver que en medio de la riña se encontraba su pareja Juan Campos Olivares, intentó interceder, siendo lesionada por el imputado, quien procedió a disparar el arma que portaba en contra de la víctima. A consecuencia de lo anterior, algunos perdigones impactaron en el rostro de la víctima, causándole lesiones de carácter menos grave consistentes en “Heridas múltiples en la cabeza por perdigones”. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público, los hechos constituyen un delito de lesiones menos graves del artículo 399 del Código Penal. Participación: Le cabe al imputado según el Ministerio Público, la calidad de autor, grado de desarrollo consumado. TERCERO: Que en su alegato de apertura, el Ministerio Público señala que del mérito de la prueba que se rendirá, logrará acreditar los hechos materia del requerimiento, por lo que deberá dictarse sentencia condenatoria. CUARTO: Que en su alegato de apertura, la defens
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintiuno de febrero del presente año, ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a efecto audiencia de Juicio Oral Simplificado relativa a los antecedentes Ruc 1801258895-6, seguido en contra de, JESUS ALEXANDER MALTES CASTRO, RUT 19885252-K, fecha de nacimiento 8 de julio de 1998 domiciliado en Campamento El Escorial, sector Las compañías, sin numeración, comuna de La Serena, ante el Fiscal Adjunto Ulises Berrios Tapia, estando la defensa a cargo del defensor penal público Andrés Fredes Cerain, ambos con forma de notificación y correo electrónico registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que los hechos materia del requerimiento, son los siguientes: Hechos: El día 15 de Diciembre de 2018, alrededor de las 14:30 horas, el imputado JESÚS ALEXANDER MALTES CASTRO se encontraba discutiendo con 5 sujetos desconocidos en calle Topocalma con calle QPBXYHFDDJ CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 28/02/2022 12:16:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Chungara, comuna de Renca. En dicho contexto el imputado procedió a sacar un machete y un arma de fuego, al parecer artesanal. Ante tal situación, la víctima KATHERINE ANDREA VILLAGRA ARAVENA, menor de 17 años de edad, quien se encontraba en el ante jardín del domicilio ubicado en calle Topocalma N° 6572, Comuna de Renca, al ver que en medio de la riña se encontraba su pareja Juan Campos Olivares, intentó interceder, siendo lesionada por el imputado, quien procedió a disparar el arma que portaba en contra de la víctima. A consecuencia de lo anterior, algunos perdigones impactaron en el rostro de la víctima, causándole lesiones de carácter menos grave consistentes en “Heridas múltiples en la cabeza por perdigones”. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público, los hechos constituyen un delito de lesiones menos graves del artículo 399 del Código Penal. Participación: Le cabe al imputado según el Ministerio Público, la calidad de autor, grado de desarrollo consumado. TERCERO: Que en su alegato de apertura, el Ministerio Público señala que del mérito de la prueba que se rendirá, logrará acreditar los hechos materia del requerimiento, por lo que deberá dictarse sentencia condenatoria. CUARTO: Que en su alegato de apertura, la defensa expone que se deberá absolver al requerido, en atención a que no se podrá demostrar la efectividad de los hechos materia del requerimiento. Pidiendo al tribunal poner especial atención a la declaración que preste la víctima. QPBXYHFDDJ CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 28/02/2022 12:16:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECT
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 15 N1, 399, y demás normas pertinentes del Código Penal; y 388 494 N5 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se absuelve a JESUS ALEXANDER MALTES CASTRO, RUT 19885252-K, ya individualizado, del requerimiento formulado en su contra. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber existido motivo plausible para deducir requerimiento y litigar. III.- Déjese sin efecto las medidas cautelares decretadas en la causa. Anótese, notifíquese, regístrese y archívese si no se recurriere. RIT 12458-2019 QPBXYHFDDJ CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 28/02/2022 12:16:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl RUC 181258895-6 Dictada por doña Carolina Ivonne Reyes Candia, Juez Titular del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. QPBXYHFDDJ CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 28/02/2022 12:16:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizad
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Juicio oral simplificado. Absolución. Segundo Juzgado de garantía de Santiago. Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veintidós VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintiuno de febrero del presente año, ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a efecto audiencia de Juicio Oral Simplificado relativa a los antecedentes Ruc 1801258895-6, seguido en contra de
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