Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ AUGUSTO LEONARDO NÚÑEZ AGUILERA

Rol

O-8438-2021

Fecha

21 de febrero de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 13 de septiembre del año 2021, alrededor de las 03:00 horas de la mañana, el imputado llegó al local comercial “Pizzería Italiana”, ubicada Levarte N° 802, local 2, premunido de un martillo, con el cual comenzó a realizar un forrado en la reja, que mantenía cerrado el local comercial, reja metálica, con la intención clara de ingresar al interior del recinto y apropiarse de distintas especies, siendo sorprendido por el dueño de éste, para luego ser detenido por personal policial.” Valparaíso, veintiuno de febrero dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 21, 22, 24, 30, 68, 69, 70, 442 N°1 del Código Penal y artículo 259 y siguientes del Código Procesal Penal se declara: I.- Que se CONDENA a AUGUSTO LEONARDO NÚÑEZ AGUILERA, RUT 17.476.682-7, ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, cometido en calidad de autor y tentado por el imputado en esta ciudad de Valparaíso el 13 de septiembre de 2021. RQFCYXXHTG Fernando Enrique Vergara Racape Juez de garantía Fecha: 02/03/2022 14:35:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.-

Fundamentos

Considerando que el imputado no tiene o carece los requisitos para cumplir una pena alternativa de las señaladas en la ley 18.216, deberá cumplir, definitivamente la pena que se le impone, sirviéndole de abono, el día del control de detención, tiene un día de abono en esta causa. III.- Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa en atención a que por su imposición se ha evitado un juicio oral y los costos humanos, materiales y económicos, que un juicio oral implica. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese Sentencia ejecutoriada. RUC 2100824889-0 RIT 8438 - 2021 PRONUNCIADA EN AUDIENCIA POR FERNANDO VERGARA RACAPÉ, JUEZ DE GARANTÍA DE VALPARAÍSO. /csd. RQFCYXXHTG Fernando Enrique Vergara Racape Juez de garantía Fecha: 02/03/2022 14:35:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2022-03-02T15:34:31-0300 Corte Suprema Fernando Enrique Vergara Racape Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 21, 22, 24, 30, 68, 69, 70, 442 N°1 del Código Penal y artículo 259 y siguientes del Código Procesal Penal se declara: I.- Que se CONDENA a AUGUSTO LEONARDO NÚÑEZ AGUILERA, RUT 17.476.682-7, ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, cometido en calidad de autor y tentado por el imputado en esta ciudad de Valparaíso el 13 de septiembre de 2021. RQFCYXXHTG Fernando Enrique Vergara Racape Juez de garantía Fecha: 02/03/2022 14:35:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Considerando que el imputado no tiene o carece los requisitos para cumplir una pena alternativa de las señaladas en la ley 18.216, deberá cumplir, definitivamente la pena que se le impone, sirviéndole de abono, el día del control de detención, tiene un día de abono en esta causa. III.- Se exime al sen

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RUC 2100824889-0 RIT 8438 – 2021 C/ AUGUSTO LEONARDO NÚÑEZ AGUILERA, cédula de identidad 17.476.682-7, nacido el 30 de septiembre de 1990, domiciliado en Pasaje Lautaro N° 8 Avenida Matta, Población Héroes del mar, Cerro Placeres, Valparaíso. Hechos: “El día 13 de septiembre del año 2021, alrededor de las 03:00 horas de la mañana, el imputado llegó al local comercial “Pizzería Italiana”, ubicada

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