14º Juzgado de Garantía de Santiago

MICHAEL ALEXANDER CUELLAR VEGA C/ ARIEL IGNACIO GONZÁLEZ BRAVO

Rol

O-7349-2021

Fecha

24 de febrero de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos del Requerimiento Fiscal “requerido ARIEL IGNACIO GONZALEZ BRAVO, condujo en estado de ebriedad su vehículo patente RDYY-10, marca Chery , moldeo Tiggo, color gris, año 2021, por la intersección de Jaspe con Urbano VI Comuna de la Florida , lugar donde tras perder el control de dicho móvil , choca en dos oportunidades al vehículo P.P.U. YU-3262, marca Chevrolet , modelo Aveo , color plateado , año 2005, conducido por la victima Patricio Victoriano Navarro, causando daños en su parte trasera, para luego huir del lugar y seguir por calle Jaspe , donde chocó a un furgón estacionado P.P.U. GHCT- 71 furgón blanco marca Peugeot, modelo Parnert , año 2014 , propiedad de Sebastián Soto Aceituno, causando daños en la parte trasera del vehículo. Posteriormente, funcionarios de Carabineros al llegar al sitio del suceso, constataron que el requerido presentaba signos evidentes de ingesta alcohólica, razón por la cual le practicaron un alcohotest y luego fue trasladada al Sapu Villa O’Higgins de La Florida para practicarle examen de alcoholemia, arrojando éste un resultado de 2.64 grs./mil de alcohol en la sangre, ello de acuerdo a lo consignado en el informe pericial del Servicio Médico Legal Nº 21622-21 de fecha 3 de noviembre de 2021.” SIC Delitos MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD causando daños, Artículo 196 de la Ley 18.290, en relación con el artículo 110 inciso 2 del mismo cuerpo legal. INCUMPLIMIENTO AL DEBER DE DAR CUENTA DE LOS DAÑOS A LA AUTORIDAD, artículo 195, de la misma ley. Grado de desarrollo Consumado. Participación Autor Circunstancias modificatorias Atenuantes Art. 11 N°6 del Código Penal Agravantes No se invocan XSEZYGTNWW JACQUELINE KAREN ATALA RIFFO Juez de garantía Fecha: 25/02/2022 14:10:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P a

Fallo

fallo y los siguientes, dentro de los 10 primeros días de cada mes. Dicho pago deberá acreditarse ante el tribunal con el respectivo comprobante de pago del formulario 10 de Tesorería General de la República. Ello bajo los apercibimientos previstos en el artículo 49 del Código Penal. VI. Que, por reunirse por parte del sentenciado con los requisitos del Artículo 4 de la Ley 18.216, la pena privativa impuesta en la resolutiva, en este acto se le sustituye por la modalidad de la remisión condicional de la pena por el período de un año, quedando sujeto al discreto control de Gendarmería de chile. En caso de revocación de esta pena sustitutiva, y tuviere que entrar a cumplir corporalmente la pena, no cuenta con abonos a considerar. Habiéndose renunciado por los intervinientes a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, con expresa omisión de esta anotación en su extracto de filiación y antecedentes para fines laborales. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Dése copia del presente registro a los intervinientes. "La sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia y consta en registro oficial de audio, la presente transcripción sólo constituye una relación resumida de lo obrado en ella y se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. XSEZYGTNWW JACQUELINE KAREN ATALA RIFFO Juez de garantía Fecha: 25/02/2022 14

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Lugar y Fecha de sentencia : Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veintidós. JUEZA : KAREN ATALA RIFFO FISCAL : FELIPE DIAZ ACUÑA DEFENSOR PENAL PÚBLICO: CRHISTIAN BASUALTO OLIVARES QUERELLANTE : No hay Rit : 7349 – 2021 RUC : 2100909589-3 IMPUTADO : ARIEL IGNACIO GONZÁLEZ BRAVO INDIVIDUALIZACION : Cédula Nacional de Identidad N° 13.922.515-5

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica