MP C/ IGNACIO HERNÁN RIFFO AINSA
Rol
O-644-2021
Fecha
25 de febrero de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por el Juez Presidente de sala don Hernán González Muñoz y los magistrados don Roberto Cociña Gallardo y don Sergio Allende Cabeza, se llevó a efecto, a través de videoconferencia mediante la plataforma zoom, audiencia de juicio oral en la causa RIT N° 644 – 2.021, RUC N° 2100265694-6, seguida en contra del acusado IGNACIO HERNÁN RIFFO AINSA, cédula nacional de identidad N° 17.516.445-6, nacido en Ñuñoa el 12 de junio de 1.990, 31 años, soltero, estudiante, domiciliado en calle Esperanza Nº 947, Machalí, representado por los defensores privados don Germán Bertolone Carvallo y don José Canales Sepúlveda, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, en cuya representación intervino la fiscal doña Maritza Tobar González con domicilio y forma de notificación registrado en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que la acusación fiscal se fundó en los siguientes hechos, tal como se describen de manera literal en auto de apertura de juicio oral: 1. LOS HECHOS: “El día 20 de marzo del año 2021 siendo aproximadamente las 15:00 horas, el imputado IGNACIO HERNAN RIFFO AINSA se encontraba junto a la víctima doña Nicole Aracelli Cosme Gutiérrez, quien es su ex conviviente, con el cual mantiene una hija en común, quien procedió a insultarla en un primer momento en el interior del domicilio ubicado en Lourdes 386 de la comuna de Rancagua, en el siguiente sentido “India culiá negra conchetumadre maraca culia, no me hables o sino te voy a sacar la concha tu madre perra culiá te voy a sacar la chucha”, para posteriormente tratar de tomarla del pelo arrojándola sobre la cama, escupiéndole en la cara, para huir del lugar, donde la víctima solicita ayuda a Carabineros. Se hace presente que el imputado tenía la prohibición de acercarse a la víctima según causa del Tribunal de Garantía de Rancagua, RIT N° 14884 – 2020, donde se le había impuesto la medida cautelar de hacer abandono del hogar común y prohibición de acercarse a la víctima, situación que en circunstancias que ninguna el imputado cumplió.” 2. CALIFICACIÓN JURÍDICA: Roberto Jorge Cociña Gallardo Juez Integrante Fecha: 25/02/2022 13:38:37 Sergio Enrique Allende Cabeza Juez Redactor Fecha: 25/02/2022 18:49:48 XZDGYHEXXL Hernan Carlos Gonzalez Muñoz Juez Presidente Fecha: 28/02/2022 15:09:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 A juicio del Ministerio Público, los hechos son constitutivos de un delito de amenaza
Fallo
se acuerda, la segunda como a las 19 horas. Señala que no recuerda donde estaba el imputado, al parecer habría llegado en un vehículo al lugar, no está cien por ciento seguro. La víctima dijo que el imputado vivía en el domicilio, eran convivientes. No opuso resistencia a su detención, posteriormente se le llevó a un centro asistencial para constatar lesiones. No recuerda si estaba en un estado normal o en estado de ebriedad. Instrumental 1.- Certificado de nacimiento de Eithan Matthias Riffo Cosme, cédula nacional de identidad N° 26.095.943-3 del año 2018, nombre del padre Ignacio Riffo Ainsa, nombre de la madre Nicole Cosme Gutiérrez. 2.- Certificado del Tribunal de Garantía de Rancagua, de don Jorge Castillo Salinas, Jefe de unidad de administración de causas, de fecha 8 de abril de 2021, quien certifica que a don Ignacio Hernán Riffo “Iansa” sic (en realidad Ainsa), en la causa Rit 14.884-2.020, por resolución de fecha 21 de diciembre de 2.020 se decretaron las medidas cautelares de hacer abandono del hogar común que comparte con la víctima Nicole Aracelli Cosme Gutiérrez y la prohibición absoluta de acercarse a ella, su domicilio o lugar en que se encuentre, que las medidas cautelares fueron notificadas en la misma audiencia de fecha 21 de diciembre de 2020 y que estaban vigentes al 20 de marzo de 2021. 3.- Acta de audiencia de fecha 21 de diciembre del “2021” sic (en realidad 2020), en la causa Rit 14.884-2.020 del Tribunal de Garantía de Rancagua en el cual se enco
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1 Rancagua, viernes veinticinco de febrero de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por el Juez Presidente de sala don Hernán González Muñoz y los magistrados don Roberto Cociña Gallardo y don Sergio Allende Cabeza, se llevó a efecto, a través
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