CCP, SAN FELIPE C/ MAURO GONZALO CASTILLO DÍAZ
Rol
O-37-2020
Fecha
22 de febrero de 2022
Materia
OTROS DELITOS CONTRA LAS PERSONAS, QUEBRANTAMIENTO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos objeto del requerimiento Hechos: “El día 18 de enero de 2020, el interno del Centro de Educación y Trabajo “Putaendo” de Gendarmería de Chile, ubicado en calle San Martín N° 786 de la comuna de Putaendo, MAURO GONZALO CASTILLO DIAZ, quien se encontraba cumpliendo condena de 7 años seis meses y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de un delito de robo en lugar habitado, según consta en sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar, de fecha 28 de julio de 2017, recaída en la causa RUC: 1500392173-2, RIT: 7181 – 2016, de la cual le restaba por cumplir al momento de quebrantarla, 1557 días, hizo abandono del régimen de autodisciplina y confianza, al cual se encontraba sometido, percatándose de lo anterior, el personal de gendarmería XFCHYHHEJH Daniela Isabel Torres Flores Juez de garantía Fecha: 28/02/2022 10:30:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mientras efectuaba la respectiva ronda, aproximadamente a las 19:30 horas, quebrantando con ello la condena impuesta” Modificatorias de responsabilidad penal: No concurren. Sentencia: Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto en los artículos pertinentes del Código Penal; Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se acoge requerimiento de procedimiento simplificado presentado por el Ministerio Publico y se condena a don MAURO GONZALO CASTILLO DÍAZ, cédula de identidad N° 13.991.636-0, ya individualizado, como autor del delito consumado de quebrantamiento de condena sancionado en el artículo 90 n°1 del Código Penal, a sufrir la pena de 1 día de incomunicación con personas ajenas al recinto penitenciario en el
Fallo
Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto en los artículos pertinentes del Código Penal; Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se acoge requerimiento de procedimiento simplificado presentado por el Ministerio Publico y se condena a don MAURO GONZALO CASTILLO DÍAZ, cédula de identidad N° 13.991.636-0, ya individualizado, como autor del delito consumado de quebrantamiento de condena sancionado en el artículo 90 n°1 del Código Penal, a sufrir la pena de 1 día de incomunicación con personas ajenas al recinto penitenciario en el que se encuentra actualmente, este es el C.P de Valparaíso, sin costas. Todo ello por el hecho ocurrido el día 18 de enero del año 2020 en el territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que en cuanto a la pena impuesta en el motivo primero de esta sentencia, deberá cumplirse a contar que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, por un plazo de 24 horas, en que el imputado no podrá tener comunicación con personas ajenas al recinto penitenciario. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, debido que con su admisión de responsabilidad generó ahorros de recursos al estado que el Tribunal debe compensar con su renuncia a un Juicio Oral. IV.- Habiendo las partes renunciado los recursos y plazos legales, téngase por ejecutoriada la presente sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el art 468 del Código Procesal Penal. V.- Estando conectado Gendarmería, C.P de Valparaíso, quedan notificados pers
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Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado/ Simplificado/ Sentencia Fecha Putaendo., veintidós de febrero de dos mil veintidós Magistrado DANIELA ISABEL TORRES FLORES Fiscal Alejandro Bustos Ibarra Defensor Carlos Gutiérrez Hora inicio 11:09AM Hora termino 11:15AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Putaendo. Acta rtb RUC 2010004408-1 RIT 37 - 2020 Actuaciones efec
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