Juzgado de Garantía de Quillota.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ RONNY MICHAEL SUÁREZ RAMOS

Rol

O-414-2022

Fecha

24 de febrero de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 24/02/2022 alrededor de las 03:00 horas los imputados concurrieron hasta el frontis del local comercial de nombre El Churrascón ubicado en Avda. 21 de Mayo N° 23 de Quillota y con un elemento contundente descerrajaron con uso de la fuerza los candados que cerraban las puertas de acceso principales a dicho recinto comercial, para luego ingresar y sustraer las siguientes especies: dos botellas de pisco marca Alto del Carmen, cuatro cajas de vino, cuatro botellas de Wisky marca Chivas Regal, dos botellas de Wisky marca Ballantine´s, una botella de licor marca Conde, dos botellas de licor color café, una botella de Ron, una botella de Wisky marca Watson, dos cartones de cigarrillos marca Camel, cuatro cajetillas de cigarrillos marca Camel, una botella de ron marca Barceló de propiedad del afectado Fabián Chacana Trincado, momentos que fueron sorprendidos por personal policial en los momentos que se daban a la fuga del lugar. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto lo dispuesto en los artículos 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 51, 67, 432, 442 N° 1 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal y demás normas legales pertinentes se declara: I.- Que SE CONDENA a JEAN LUCAS GIOVANNI GALLARDO ARANDA, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO del artículo 442 N° 1 del Código Penal, ejecutado en grado de frustrado, cometido en este territorio jurisdiccional. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 11 de la Ley 18.216, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad

Fallo

se declara: I.- Que SE CONDENA a JEAN LUCAS GIOVANNI GALLARDO ARANDA, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO del artículo 442 N° 1 del Código Penal, ejecutado en grado de frustrado, cometido en este territorio jurisdiccional. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 11 de la Ley 18.216, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de 81 horas de Prestación de servicios en beneficio de la comunidad. HKVEYGXCQP Laura Julieta Catalan Pena Juez de garantía Fecha: 24/02/2022 19:44:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl III.- Ejecutoriada esta sentencia, déjese sin efecto las medidas cautelares que se hayan impuesto. IV.- Que no se condena en costas por cuanto el requerido renunciando su derecho a juicio oral ante el juez de garantía no causó gastos al erario público. Ejecutoriada que sea esta sentencia,

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TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: 2200181886-8 RIT: 414 - 2022 CONDENADO: JEAN LUCAS GIOVANNI GALLARDO ARANDA RUN IMPUTADO: DOMICILIO: 0018510259-9 PJE. EUSEBIO LILLO POBL LO GARZO Nº 232, QUILLOTA DELITOS: ROBO EN LUGAR NO HABITADO PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Quillota, veinticuatro de febrero de dos mil veintidós HECHOS: El día 24/02/2022 alrededor de las 03:00 horas los imputados conc

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