Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ MARIA CRISTINA CORTES CASTILLO

Rol

O-2791-2021

Fecha

23 de febrero de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MARIA CRISTINA CORTES CASTILLO, cédula de identidad número 11.514.455-3, casada, operadora de la planta Carozzi, domiciliada en pasaje Carlos Droguett N°1360, Villa Alemana, y JOSÉ ALEXIS MOLINA MÁRTINEZ, cédula de identidad número 10.900.666-1, casado, trabajador independiente, domiciliado calle Antártida 134, población Nueva Miraflores, Viña del Mar, en virtud de los siguientes

Fundamentos

fundamentos: HECHO: “Que el día 14 de noviembre de 2021 aproximadamente a las 21.30 horas al interior del pasaje Carlos Droguett 1360 de la comuna de Villa Alemana los imputados José Molina Martínez y su cónyuge María Costes Castillo, se agredieron mutuamente con golpes de puño resultando ambos lesionados. Por su parte María Cortes Castillo resulto con dolo facial a la digito presión y ardor en un ojo izquierdo de carácter leves y José Molina Martínez resulto con erosiones en ambos brazos y ante brazos aparentemente superficiales y hematomas en zona lateral de codo izquierdo 3 cms aproximadamente y equimosis de 20 cms en región baja dolorosa a la palpación también de carácter leves”. CONSIDERANDO: Que, no habiendo rendido prueba la fiscalía, toda vez que las víctimas – quienes a la vez son imputados en esta causa – manifestaron que no desean declarar, en tanto hicieron uso del derecho contemplado el artículo 302 del Código Procesal Penal, motivo por el cual, este sentenciador no cuenta con antecedentes suficientes para arribar a una condena, en la medida que no se ha podido acreditar el hecho punible ni tampoco la participación que pudiese haber cabido a los encartados. XJYRYGYNQX Alejandro Mauricio Lobos Veliz Juez de garantía Fecha: 23/02/2022 15:04:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que nadie puede ser condenado sino cuando un tribunal adquiera la convicción que los imputados ha cometido un delito y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal; y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 14, 15, 18, 21, 25 y 399 del Código Penal; artículos 47, 48, 297, 302, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara: 1.- Que se absuelve a los imputados MARIA CRISTINA CORTES CASTILLO, cédula de identidad número 11.514.455-3, y JOSÉ ALEXIS MOLINA MÁRTINEZ, cédula de identidad número 10.900.666-1, ya individualizados, de la acusación que los tuvo como autores del delito de Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar previsto y sancionados en los artículos 399 del Código Penal en relación con el artículo 5° de la Ley 20.066. 2.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa, teniendo en cuenta que las víctimas no quisieron declarar y, aquello, no puede ser reprochado al ente persecutor. En su momento dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Que se dejan sin efecto toda medida cautelar decretada. RUC Nº 2101024692-7 RIT N° 2791-2021.- Resolvió don ALEJANDRO LOBOS VELIZ, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. XJYRYGYNQX Alejandro Mauricio Lobos Veliz Juez de garantía Fecha: 23/02/2022 15:04:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, veintitrés de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MARIA CRISTINA CORTES CASTILLO, cédula de identidad número 11.514.455-3, casada, operadora de la planta Carozzi, domiciliada en pasaje Carlos Droguett N°1360, Villa Alemana, y JOSÉ ALEXIS

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