Jgdo. L. de Los Lagos

ANONIMIZADO

Rol

F-81-2021

Fecha

31 de agosto de 2022

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Primero: Que, ha transcurrido el plazo establecido desde que se suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia. Segundo: Que el denunciado Ivan, cédula de identidad N° NUM000, ha dado cumplimiento satisfactorio a las condiciones impuestas en la resolución que suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia. Y vistos, además lo dispuesto en el artículo 98 1° de la Ley 19.968, se declara: Ofíciese al registro especial que al efecto lleva el Servicio de Registro...

Fallo

se declara: Ofíciese al registro especial que al efecto lleva el Servicio de Registro...

Texto Completo (Preview)

Los Lagos, a treinta y uno de agosto del dos mil veintidós. CAY Téngase presente certificación que antecede, realizada por Ministro de Fe del Tribunal. Se provee escrito de fecha 28 de julio del 2022, a Folio N° 23: VISTO: Primero: Que, ha transcurrido el plazo establecido desde que se suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia. Segundo: Que el denunciado Ivan, cédula de identidad N°

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