C/ RICARDO JAVIER COLLAO GÓMEZ
Rol
O-126-2021
Fecha
22 de febrero de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES GRAVE.ART 196 INC.2LEY.TRANS.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos que a juicio del Ministerio Público son constitutivos del delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad causando daños, lesiones leves y lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso 1° y 2°, y artículo 110 de la Ley del Tránsito N°18.290, en carácter de consumado, cabiéndole al acusado participación en calidad de autor; concurriendo a su respecto la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, su irreprochable conducta anterior, por lo que solicita se le imponga la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, multa de 8 unidades tributarias mensuales, suspensión de licencia de conducir por 5 años y las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, con costas. TERCERO: Que, en su alegato de apertura el Ministerio Público sostuvo la acusación, señalando que acreditaría los hechos señalados en la misma, dando cuenta de la conducción del vehículo por el imputado, como del grado de alcohol que mantenía en la sangre con las pruebas de alcoholemia que se practicaron y que arrojan que conducía en estado de ebriedad, y en esa circunstancias se acreditará que conducía por la Ruta 5 en dirección sur y a la altura de Avenida El Sauce no respetó señal luz roja ni, en consecuencia, el XXTBYFXLPQ Paola Grecia Cortes Tapia Juez oral en lo penal Fecha: 22/02/2022 15:12:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 derecho preferente de paso de la víctima, la que tenía luz verde y conducía en estado normal, así también serán establecidas las lesiones que sufre la víctima, una fractura, de c
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los días dieciséis y diecisiete de febrero del año en curso, ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, constituida por los Jueces Eugenia Victoria Gallardo Labraña, quien la presidió, Eduardo Ignacio Silva Jerez (s) y Paola Grecia Cortés Tapia, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral rol interno N° 126-2021, seguido en contra de RICARDO JAVIER COLLAO GÓMEZ, cédula nacional de identidad N°12.843.738-K, chileno, divorciado, técnico en explotación de minas y metalurgia, actualmente conserje, nacido en La Serena el 6 de mayo de 1975, de 46 años de edad, domiciliado en pasaje La Gruta N° 1569, Villa El Parque, Compañía Alta, La Serena. Fue parte acusadora de este juicio el Ministerio Público de Coquimbo, representado por el Fiscal adjunto Juan Pablo Aguilera Ponce, con domicilio en calle Melgarejo N° 847, Coquimbo. La defensa del acusado estuvo a cargo de la defensora penal pública Nicole Auger Campos, con domicilio en calle Aldunate 849, quinto piso, Coquimbo. SEGUNDO: Que el hecho materia de la acusación fiscal, consignado en el auto de apertura de este juicio oral, es del siguiente tenor: “El 10 de octubre de 2018, a las 22:10 horas aproximadamente, en Ruta 5, dirección sur, comuna de Coquimbo, el imputado Ricardo Javier Collao Gómez, conducía en estado ebriedad el automóvil marca Hyundai, PPU GLRV-70, acompañado de doña Lorena Cortés Rodríguez, por la citada Ruta 5 Norte y al enfrentar el semáforo de la intersección de Ruta 5 y Avenida XXTBYFXLPQ Paola Grecia Cortes Tapia Juez oral en lo penal Fecha: 22/02/2022 15:12:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 El Sauce, encontrándose éste en rojo, no detuvo su marcha, colisionando al vehículo marca Suzuki PPU KPKP-80, quien se incorporaba a la ruta, conducido por Don Diego Ignacio Valenzuela González, acompañado por Doña Pamela Soledad Riquelme Orihuela, quienes transitaban por Avenida El Sauce, producto de lo anterior ambos vehículos resultaron con daños de consideración en su estructura, como asimismo el Señor Valenzuela González resultó con las siguientes lesiones producto de la colisión: fractura nasal de carácter grave, con un tiempo de incapacidad de 35 a 45 días, en tanto que doña Lorena Cortés Rodríguez resultó con contusión de tórax de carácter leve y doña Pamela Riquelme Orihuela resultó con contusión nasal de carácter leve. Practicado el examen de alcoholemia al imputado Collao Gómez este arrojó un resultado de 1.16 g/l.” Hechos que a juicio del Ministerio Público son constitutivos del delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad causando daños, l
Fallo
se acuerda que se tiró al pasto de la entrada de un edificio del lugar donde quedaron detenidos —tras el choque y luego de ver un video vio que camino antes de tirarse al paso pero de eso no tenía recuerdo—; precisó que en el auto solo iban Diego y ella, nadie más y los carabineros, ambulancia y bombero llegaron rápido al lugar; también indicó que no se percató que hizo Diego en el momento porque estuvo con los ojos cerrados acostada en el pasto, sólo recuerda que éste le preguntaba si estaba bien, porque le sangraba la nariz. Señaló que al otro vehículo lo vio después cuando se subió a la ambulancia para revisarse, era un auto más claro que el de ellos y estaba arriba en la ruta, pues ellos quedaron abajo frente al edificio, en la caletera; al conductor lo vio cuando se acercó a Diego como a increparlo y cuando le pegó a Diego un empujón, llegaron los carabineros por eso sabe que estaba identificado en el momento, pero hoy no lo recuerda. Añadió que posteriormente los llevaron al consultorio y después al hospital por una radiografía para Diego, en lo personal tuvo moretones en la cara, una pequeña fisura en dientes, muy leve, y se le hincho una parte de la boca y de la nariz. Asimismo, se contó con el testimonio de la testigo presencial Javiera Patricia Macarena Serrano Cornejo que indicó que el choque ocurre en Octubre de 2018, en la noche como a las 22:00 horas, en la intersección de Avenida El Sauce con la Ruta 5 Norte. Explicó que ese día y hora mientras iba sola pasand
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1 C/RICARDO JAVIER COLLAO GÓMEZ DELITO: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, LESIONES LEVES Y LESIONES GRAVES. RUC 1801067309-3 RIT 126-2021 La Serena, veintidós de febrero de dos mil veintidós. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los días dieciséis y diecisiete de febrero del año en curso, ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, c
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