Juzgado de Letras y Garantia de La Union.

MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL BAHAMONDE ZÚÑIGA

Rol

O-161-2022

Fecha

22 de febrero de 2022

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 21 de febrero de 2022, siendo aproximadamente las 09:15 horas, el rerquerido, don Miguel Angel Bahamonde Zuñiga, fue sorprendido por funcionarios de Carabineros de la Tercera Comisaría de La Unión, transitando por calle Esmeralda N° 705, de la ciudad de La Unión, portando en dicha vía pública, dos cuchillos con empuñadura de madera, color café, largo total de 21 centímetros, 9,5 de empuñadura, 11, 5 de hoja, sin que pueda justificar razonablemente, el porte de dichas armas blancas.” La parte considerativa: consta en el registro oficial de audio RUC 2200168573-6-226. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, y siguientes 3, 11 N° 9, 15 N° 1,18, 68, 69, 70, 288 bis, todos del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: 1.- Que se condena a don MIGUEL ANGEL BAHAMONDE ZUÑIGA, cédula de identidad N° 18.851.572-K, domiciliado en calle Esmeralda Nro. 1250, comuna de La Unión, como autor del delito de porte ilegal de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en calidad de autor, y en grado de consumado, a cumplir la pena de un tercio de unidad tributaria mensual, conforme a la pena alternativa contemplada dicho artículo, por los hechos acecidos el día 21 de febrero de 2022, en el territorio jurisdiccional de La Unión. 2.- Que habiéndose mantenido privado de libertad el requerido en esta causa, desde el día de ayer a las 09:15 horas, se tendrá por cumplida la pena impuesta. 3.- Se decreta el comiso de las armas blancas y se autoriza desde ya a la destrucción de las mismas, de acuerdo a os protocolos por parte del Ministerio Público. 4.- Se exime del pago de las costas al condenado. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales. Regístrese y archívese en su oportunidad. Ruc 2200168573-6 Rit N° 161- 2022 Dictada por don Cristian Seura Gutiérrez, Juez Titular del Ju

Fallo

se resuelve: 1.- Que se condena a don MIGUEL ANGEL BAHAMONDE ZUÑIGA, cédula de identidad N° 18.851.572-K, domiciliado en calle Esmeralda Nro. 1250, comuna de La Unión, como autor del delito de porte ilegal de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en calidad de autor, y en grado de consumado, a cumplir la pena de un tercio de unidad tributaria mensual, conforme a la pena alternativa contemplada dicho artículo, por los hechos acecidos el día 21 de febrero de 2022, en el territorio jurisdiccional de La Unión. 2.- Que habiéndose mantenido privado de libertad el requerido en esta causa, desde el día de ayer a las 09:15 horas, se tendrá por cumplida la pena impuesta. 3.- Se decreta el comiso de las armas blancas y se autoriza desde ya a la destrucción de las mismas, de acuerdo a os protocolos por parte del Ministerio Público. 4.- Se exime del pago de las costas al condenado. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales. Regístrese y archívese en su oportunidad. Ruc 2200168573-6 Rit N° 161- 2022 Dictada por don Cristian Seura Gutiérrez, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de la Unión. XFXXYFCXWQ CRISTIAN MANUEL SEURA GUTIERREZ Juez de garantía Fecha: 22/02/2022 15:36:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de

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Sentencia procedimiento simplificado. La Unión, veintidós de febrero de dos mil veintidós. Hechos: “El día 21 de febrero de 2022, siendo aproximadamente las 09:15 horas, el rerquerido, don Miguel Angel Bahamonde Zuñiga, fue sorprendido por funcionarios de Carabineros de la Tercera Comisaría de La Unión, transitando por calle Esmeralda N° 705, de la ciudad de La Unión, portando en dicha vía pública

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