PIZARRO/FOSIS
Rol
T-29-2020
Fecha
28 de mayo de 2021
Materia
Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de FABIOLA VALENTINA PIZARRO LAGOS, abogada, cédula nacional de identidad N° 15.667.590-3, con domicilio en Calle San Francisco N° 10, Villa San Antonio, Puerto Montt. Quien interpone Denuncia de Tutela De Derechos Fundamentales en contra de su ex empleador FONDO SOLIDARIO E INVERSIÓN SOCIAL (FOSIS), RUT 60.109.000-7, representada legalmente, en virtud de lo dispuesto por el artículo 4 inciso 1º del Código del Trabajo por el Sr. FELIPE BETTANCOURT GUGLIELMETTI, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad N° 15.936.678-2, con domicilio en Calle Merced Nº 480, Piso 7, comuna de Santiago, en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho: Los hechos: El día 09 de marzo de 2015 ingresó a prestar servicios para el Fondo Solidario e Inversión Social, FOSIS, a fin de desempeñarse como Asistente Técnico Especializado en la Dirección Regional de Los Lagos en el programa de Seguridades y Oportunidades, dicho ingreso fue en calidad jurídica de contratación a Honorarios con 44 horas semanales y marcación obligatoria para control de asistencia. A inicios de 2017 fue designada a contrata mediante Resolución TRA N° 422/74/2017 de fecha 13 de enero de 2017, siendo nombrada asistente jurídico del Jefe del Área Jurídica, de la Dirección Regional, asumiendo nuevas tareas como la elaboración de Convenios y Modificaciones de éstos, ejerció esas funciones hasta el 13 de marzo de 2017, fecha en que comenzó su pre natal. Reingresó a sus funciones con fecha 01 de abril de 2018, ya habiéndose realizado el cambio de Gobierno estando, como es de conocimiento público, en ejercicio el Sr. Presidente Sebastián Piñera. Su remuneración ascendía a $2.666.583.- De la vulneración: Hace presente que desde los 14 años es militante del partido socialista Desde que asumió la nueva administración regional en el servicio, sólo se han desvinculado a militantes y opositores al gobierno, específicamente del Partido Socialista. Desde su regreso de post natal asumió la función de todas las tareas administrativas y jurídicas del Departamento de Personas. Dichas tareas consistían, entre otras, en elaborar resoluciones de permisos administrativos, feriados legales, horas compensatorias, tramitar las licencias médicas, realizar mes a mes el cierre de remuneraciones, proceso que permitía el pago de los sueldos a todos los funcionarios de FOSIS, tramitación de los cometidos con o sin viáticos, realizando todo el proceso en el sistema de toma de razón de la Contraloría, creación, y firma como Ministro de Fe, enviarla al director para su firma, imprimir esas resoluciones entregándoselas al Departamento de Finanzas para su pago. Es preciso señalar que el ingreso de cometidos, a la semana, eran de alrededor de 80 a 100 e incluso más, dependiendo a algunas épocas en donde las funcionarias y funcionarios deben salir más a terreno. De este modo, e
Fallo
por tanto constatar que todo se debe a un acto discriminatorio, transcribe el Considerando 6to de la referida resolución, en concreto el número 3 y 4 que contienen la argumentación central de la desvinculación: “3. Que, en ese sentido, en la región de Los Lagos ha sido necesario suprimir algunos cargos, toda vez que no responde a los criterios señalados en el considerando precedente. 4.-Que, por reestructuración del organigrama, se ha suprimido el cargo de Asistente Jurídico, el cual era ocupado por la Sra. Fabiola Pizarro Lagos.” La argumentación precedente permite concluir que su desvinculación responde a que su cargo responde a una supuesta nueva restructuración del servicio. En primer lugar, cabe decir que don Sr. Cesar Hernández no estaba ejerciendo las mismas labores, ella estaba en el departamento de personas y él en jurídico. En segundo término, don César no es abogado y ella sí, por lo que cualquier labor de asesoría en relacionadas con administración, regulación o resoluciones, la más idónea era ella. En tercer lugar, resulta sospechoso el hecho que sólo a ella se la desvincule porque su cargo fue suprimido en la restructuración ya que existen alrededor de 12 funcionarios que su cargo también fue suprimido, no se contemplan en la nueva estructura, pero siguen trabajando en el servicio sin ningún problema. Dicho de otra manera, a pesar que a lo menos de diez funcionarios quedaron fuera del organigrama, sólo a ella la despidieron. Actuaciones posteriores al despido
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de FABIOLA VALENTINA PIZARRO LAGOS, abogada, cédula nacional de identidad N° 15.667.590-3, con domicilio en Calle San Francisco N° 10, Villa San Antonio, Puerto Montt. Quien interpone Denuncia de Tutela De Derechos Fundamentales en contra de su ex emplea
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica