ERASMO ANDRES NAVARRO NAVARRO C/ ANDRÉS ELOY PIZARRO CARO
Rol
O-7920-2021
Fecha
15 de febrero de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1. Que el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado contra del imputado ANDRÉS ELOY PIZARRO CARO por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, fundado en los siguientes hechos: El día 06 de noviembre de 2021, aproximadamente a las 16:20 horas, en circunstancias que el imputado PIZARRO CARO, conducía en manifiesto estado de ebriedad el móvil marca Hyundai, modelo Porter, año 1997, color Blanco, P.P.U. RA-2960, por el sector La Obra, Los Niches, Callejón Las Palmeras S/N, comuna de Curicó, momento en que pierde el control del móvil e impacta al vehículo XYVYFHLGP Jorge Omar Valenzuela Navarro Juez de garantía Fecha: 22/02/2022 13:16:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl conducido por la víctima ERASMO ANDRES NAVARRO NAVARRO, marca Chevrolet, modelo Aveo, año 2007, P.P.U WU-2315, móvil que resultó con daños en el parachoques delantero y tapabarros izquierdo, con abollones y raspado de pintura, daños que no fueron avaluados. A consecuencia de lo anterior, funcionarios policiales detienen y trasladan al requerido PIZARRO CARO, al SAR AGUAS NEGRAS, lugar donde se le practicó el correspondiente examen de alcoholemia que posteriormente fue analizado por el Servicio Médico Legal de Talca arrojando una dosificación de 2,44 gramos por mil de alcohol en la sangre. 2. Que con el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa y la admisión de responsabilidad del requerido son suficientes para estimar que se encuentran acreditados los hechos contenidos en el requerimiento, los que se encuadran en el tipo penal del artículo 110 y 196 de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 14 N° 1, 11 Nº9, 12 Nº16, 15 N° 1, 49, 50, 70 del Código Penal; artículo 11 de la Ley 18.216, artículo 110 y 196 de la Ley 18.290 y artículos 45, 388 y 395 del Código Procesal Penal, se RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a ANDRÉS ELOY PIZARRO CARO, cédula de identidad 9.995.493-0, ya individualizado, como autor del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, descrito y sancionado en el artículo 110 y 196 de la Ley 18.290, de Tránsito, en grado de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional el día 06 de noviembre de 2021, a cumplir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es suspensión para cargos u oficios públicos por el tiempo que dure la condena, al pago de una MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a LA SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA para conducir vehículos motorizados por el término de CINCO AÑOS a contar de esta fecha. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216 y, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado ANDRÉS ELOY PIZARRO CARO, se le XYVYFHLGP Jorge Omar Valenzuela Navarro Juez de garantía Fecha: 22/02/2022 13:16:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó, quince de febrero de dos mil veintidós Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputado ANDRÉS ELOY PIZARRO CARO Cédula de identidad 9.995.493-0 Fecha de nacimiento 30 de noviembre de 1963 Profesión u oficio Obrero Dirección Villa San Alberto, Pasaje Santa Teresita Nº37, Los Niches, Curicó Delito CONDUCCI
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