DIONISIO ANTONIO CHEUQUEL MELIHUEN C/ NICOMEDES FERNANDO PALMA FUENTES
Rol
O-1935-2019
Fecha
9 de febrero de 2022
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 13 de octubre de 2019, alrededor de las 02:19 horas, en calle José Manuel Lillo con la intersección de calle Paulino Gutiérrez, comuna de Lautaro, el requerido Nicomedes Fernando Palma Fuentes condujo bajo la influencia del alcohol, y con licencia de conducir suspendida, el automóvil marca Suzuki, modelo Maruti, patente NV-9248, siendo sorprendido por personal de Carabineros de Chile en dicho lugar. Dicha acción era desempeñada por el requerido con una dosificación de 0,43 gramos por mil de alcohol en la sangre. La licencia de conducir se encontraba suspendida en virtud de sentencia condenatoria dictada en causa RIT 1276-2019, del Juzgado de Garantía de Lautaro, de fecha 21 de agosto de 2019, que condena al requerido a la suspensión de su licencia de conducir por el plazo de 3 meses..” Los hechos descritos constituyen el delito CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIA DEL ALCOHOL CON LICENCIA DE CONDUCIR SUSPENDIDA, previsto y sancionado en el artículo 193 en relación a los artículos 110, 111 y 209 de la ley 18.290 de tránsito; en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole participación en calidad de AUTOR. TERCERO: Que, habiendo sido consultado el imputado respecto de estos hechos y habiendo sido advertido previamente, admitió libre y espontáneamente su responsabilidad en ellos, por lo que el tribunal tiene como hecho de la causa a considerar lo señalado en el requerimiento, dado que con dicha aceptación se ha liberado al Ministerio Público de desvirtuar la presunción de inocencia y al Tribunal de ponderar antecedentes o una prueba que no se rinda en esta audiencia. CUARTO: Que, se coincide con el grado de desarrollo y de participación atribuidos al requerido, y con la calificación jurídica de los hechos, respecto de los cuales no ha habido controversia. QUINTO: Que, el Ministerio Público, invocando la agravante del artículo 12 N° 16, y reconociendo la atenuante del artículo 11 N° 9, ambos del Código Penal, y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se presentó requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa en contra de don NICOMEDES FERNANDO PALMA FUENTES, cedula de identidad Nº 9.283.804-8, 60 AÑOS, SOLTERO, empleado, domiciliado en Pasaje Concejal II Nº 284, Villa Los Regidores, comuna de Lautaro, telefono 959312499 SEGUNDO: Que, el fiscal fundó el requerimiento en los siguientes hechos: “El día 13 de octubre de 2019, alrededor de las 02:19 horas, en calle José Manuel Lillo con la intersección de calle Paulino Gutiérrez, comuna de Lautaro, el requerido Nicomedes Fernando Palma Fuentes condujo bajo la influencia del alcohol, y con licencia de conducir suspendida, el automóvil marca Suzuki, modelo Maruti, patente NV-9248, siendo sorprendido por personal de Carabineros de Chile en dicho lugar. Dicha acción era desempeñada por el requerido con una dosificación de 0,43 gramos por mil de alcohol en la sangre. La licencia de conducir se encontraba suspendida en virtud de sentencia condenatoria dictada en causa RIT 1276-2019, del Juzgado de Garantía de Lautaro, de fecha 21 de agosto de 2019, que condena al requerido a la suspensión de su licencia de conducir por el plazo de 3 meses..” Los hechos descritos constituyen el delito CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIA DEL ALCOHOL CON LICENCIA DE CONDUCIR SUSPENDIDA, previsto y sancionado en el artículo 193 en relación a los artículos 110, 111 y 209 de la ley 18.290 de tránsito; en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole participación en calidad de AUTOR. TERCERO: Que, habiendo sido consultado el imputado respecto de estos hechos y habiendo sido advertido previamente, admitió libre y espontáneamente su responsabilidad en ellos, por lo que el tribunal tiene como hecho de la causa a considerar lo señalado en el requerimiento, dado que con dicha aceptación se ha liberado al Ministerio Público de desvirtuar la presunción de inocencia y al Tribunal de ponderar antecedentes o una prueba que no se rinda en esta audiencia. CUARTO: Que, se coincide con el grado de desarrollo y de participación atribuidos al requerido, y con la calificación jurídica de los hechos, respecto de los cuales no ha habido controversia. QUINTO: Que, el Ministerio Público, invocando la agravante del artículo 12 N° 16, y reconociendo la atenuante del artículo 11 N° 9, ambos del Código Penal, y considerando la agravación de pena del artículo 209 inciso 2° de la ley de Tránsito, solicita se imponga la pena de 1 día de prisión en su grado mínimo y suspensión de licencia de conducir por 48 meses, Que, la Defensa no cuestionó la procedencia y magnitud de las penas solicitadas por el Ministerio Público. Solicitó que la pena privativa de libertad se tuviera por cumplida por el día de detención que su representado sufrió en causa RIT 357-2013, entre el 28 y 29 de marzo de 2013 . En cuanto a la suspensión de licencia, no cuestionó su procedencia ni cuantía. Que la Fiscalía no se opuso a las pretensiones de la Defensa. SEXTO: Que, se tendrá por concurrente
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a NICOMEDES FERNANDO PALMA FUENTES, ya individualizado, en su calidad de AUTOR de la falta de CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIA DEL ALCOHOL CON LICENCIA DE CONDUCIR SUSPENDIDA, en grado de CONSUMADA, perpetrada el día 13 de octubre de 2019, en la comuna de Lautaro, a las siguientes penas: 1 día de prisión en su grado mínimo, suspensión de cargo público durante el tiempo de la condena; y suspensión de licencia de conducir por 48 meses, sin costas. II.- Que, la pena privativa de libertad impuesta, se tendrá por cumplida por el abono heterónomo del día de detención que el sentenciado sufrió en causa RIT 357-2013 de este tribunal, entre el 28 y 29 de marzo de 2013, y que no consta se hubiere abonado a otra causa. Déjese constancia en causa RIT 357-2013 del abono realizado. III.- Que, se ordena oficiar al Registro Nacional de Conductores del Servicio de Registro Civil, para informar de la pena de suspensión de licencia de conducir por 48 meses, misma que se contará desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada, encontrándose la licencia de conducir en dependencias de este tribunal, ingresada en custodia en causa RIT1276-2019, donde la licencia estuvo suspendida por 3 meses, sin que el sentenciado solicitare su retiro con posterioridad al cumplimiento de la pena. IV.- Que, el condenado no cuenta con abonos que considerar a su favor en razón de la presente causa. Quedan en este acto notificados los intervinientes presentes en la audiencia Reg
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RUC : 1901107263-4 RIT : 1935-2019 MATERIA : CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIA DEL ALCOHOL CON LICENCIA DE CONDUCIR SUSPENDIDA IMPUTADO : NICOMEDES FERNANDO PALMA FUENTES RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Lautaro, nueve de febrero de dos mil veintidós OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se presentó requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa e
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