MP C/ JOAQUÍN ANDRÉS SÁNCHEZ BELMAR
Rol
O-1592-2020
Fecha
18 de febrero de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos en el requerimiento configuran, el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, hecho previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3, ambos en relación con el artículo 5° de la Ley 20.066, en grado de desarrollo consumado. Se atribuye al requerido participación en calidad de autor. Solicita el ente persecutor que, en virtud de los hechos expuestos, se condene al imputado a una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias legales y al pago de las costas de la causa. Para requerir lo precedente entendió concurrente la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal. TERCERO: Alegatos del Ministerio Público: Que la señora fiscal en su alegato de apertura señaló que al no concurrir ni la víctima ni sus medios probatorios, no va a hacer peticiones, dejando la decisión del caso a criterio del tribunal lo mismo que expresó en su alegato de clausura. CUARTO: Alegatos de la defensa . Que la defensa del acusado en su alegato de apertura solicitó se absuelva a su defendido ya que el SZNXYEXYYY Carlos Antonio Benavente Garcia Juez de garantía Fecha: 21/02/2022 09:50:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl Ministerio Público no podrá acreditar los hechos del requerimiento al no contar con ningún medio probatorio para tales efectos, reiterando su solicitud en los alegatos de clausura. QUINTO: Dec
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha 15 de febrero de 2022 ante este Tribunal de Garantía de Chillán, en audiencia dirigida por el juez Carlos Benavente García, se llevó a efecto audiencia de juicio oral simplificado, para conocer la causa seguida por el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, hecho previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal en relación con el artículo 5° de la Ley 20.066 en grado de desarrollo consumado, en contra del requerido JOAQUÍN ANDRÉS SANCHEZ BELMAR, Cédula de Identidad N° 17.921.699-K, domiciliado en calle El Medio N° 046, San Vicente de Tagua Tagua. Sostuvo el requerimiento el Ministerio Público, representado por la fiscal Marcia Venegas Barba, en tanto la defensa del requerido estuvo a cargo del abogado defensor penal Nicolás Castillo Cruz, SZNXYEXYYY Carlos Antonio Benavente Garcia Juez de garantía Fecha: 21/02/2022 09:50:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Requerimiento. La imputación efectuada por el Ministerio Público en contra de JOAQUÍN ANDRÉS SANCHEZ BELMAR, ya individualizado, según el correspondiente requerimiento, es la siguiente: “El día 09 de abril de 2020, a las 20:48 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Solange Hasler Améstica se encontraba en su domicilio ubicado en calle Los Picunches N° 1807, Villa Los Nevados de Shangrilá, de la comuna de Chillán, procedió su conviviente, el requerido Joaquín Andrés Sánchez Belmar a amenazarla en forma seria y verosímil de agresión, señalándole “maraca culiá, o me entregas todas las pastillas o te saco la concha de tu madre”. Que a juicio del Ministerio Público los hechos descritos en el requerimiento configuran, el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, hecho previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3, ambos en relación con el artículo 5° de la Ley 20.066, en grado de desarrollo consumado. Se atribuye al requerido participación en calidad de autor. Solicita el ente persecutor que, en virtud de los hechos expuestos, se condene al imputado a una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias legales y al pago de las costas de la causa. Para requerir lo precedente entendió concurrente la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del C
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo, además presente lo dispuesto en los artículos 1 y 296 del Código Penal; 1, 45, 48, 48 297, 340, 340, 342, y siguientes del Código Procesal Penal y, ley 20.066, se declara: 1° Que se ABSUELVE a JOAQUÍN ANDRÉS SÁNCHEZ BELMAR, C.I. 17.921.699-K, de la imputación formulada en su contra en calidad de autor del delito de amenazas en contexto de Violencia Intrafamiliar, cometido en contra de Solange Hasler Améstica, el día 09 de abril de 2020, en esta ciudad. 2° Que no se condena en costas al Ministerio Público. SZNXYEXYYY Carlos Antonio Benavente Garcia Juez de garantía Fecha: 21/02/2022 09:50:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl Entréguese copia a las partes que lo solicitaren. Archívese en su oportunidad. RUC 2000367051-2 RIT 1592-2020 SZNXYEXYYY Carlos Antonio Benavente Garcia Juez de garantía Fecha: 21/02/2022 09:50:52 ESTE DO
Texto Completo (Preview)
________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl AUDIENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA Fecha Chillán, dieciocho de febrero de dos mil veintidós Ruc N° 2000367051-2 Rit N° 1592 - 2020 Magistrado: CARLOS ANTONIO BENAVENTE GARCIA F
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica