Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán

JARA CON OPTICAS H Y H

Rol

M-485-2019

Fecha

28 de mayo de 2021

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Primero: Que comparece VALENTINA VICTORIA JARA RUIZ, representante de ventas, domiciliada en 12 DE FEBRERO 527, POBLACIÓN LA FUENTE, comuna de Chillán, interpone demanda en procedimiento monitorio de Cobro de prestaciones en procedimiento monitorio, en contra de su ex empleador, ÓPTICAS H Y H SPA, del giro de su denominación, legalmente representada en virtud del artículo 4 del código del trabajo por doña VALENTINA SANHUEZA POLANCO ignora profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal de acuerdo al citado artículo, ambos con domicilio en PBL. SANTA ELVIRA FERMÍN VIVACETA 229, CHILLAN, y en virtud de los antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone: RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS 1.- Que, con fecha 12 DE AGOSTO DE 2019, ingresó a prestar servicios para la demandada bajo el vínculo de subordinación y dependencia, en calidad de REPRESENTANTE DE VENTAS. 2.- Que con fecha 16 de agosto de 2019 se le escrituró contrato de trabajo a plazo fijo, hasta el día 30 de septiembre de 2019. 3.- Que, su jornada de trabajo convenida era de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes, de 10:00 a 13:30 horas y de 14:00 a 18:00 horas. 4.- Que, la remuneración mensual convenida correspondía a un sueldo base mensual de $301.000 más gratificación del 25% de la remuneración mensual. Que asciende a un total de $376.250 5.- Que, el día 5 de septiembre, su ex empleadora le envió carta de aviso para el término del contrato de trabajo, invocando para ello la causal del artículo 160 número 3 del Código del Trabajo, esto es, no concurrencia del trabajador durante 3 días seguidos. Fundándose en la causal de hecho falta injustificada en forma continua los días 2, 3, y 4 de septiembre de 2019. 6.- Que en virtud de los antecedentes expuestos, el día 17 de septiembre de 2019 recurrió a interponer reclamo ante la Inspección del Trabajo de Chillán, quedando citados a comparendo de conciliación para el día 07 de octubre de 2019. 7.- Que, con fecha 07 de octubre de 2019 se llevó a cabo el comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo de Chillan, no compareciendo la parte reclamada, habiendo sido notificado por correo certificado. 8.- Que, por lo anterior se hace necesario iniciar una acción judicial para lograr el cobro de lo adeudado. Solicita en definitiva tener por interpuesta, dentro de plazo legal, demanda en Procedimiento Monitorio Laboral por COBRO DE PRESTACIONES, en contra de su ex empleador ÓPTICAS H Y H SPA, del giro de su denominación, legalmente representada de acuerdo al artículo 4 del código del trabajo por doña VALENTINA SANHUEZA POLANCO o por quien haga sus veces de acuerdo al mismo artículo, ambos ya individualizados; darle tramitación, y declarar que se adeuda: PRESTACIONES LABORALES ADEUDADAS a.- $246.150 por concepto remuneraciones adeudadas. b.- Los intereses y reajustes de cada una de las sumas señaladas, hasta la fecha efectiva del pago. c.- Las costas de la causa. O las sumas que el Tribunal determine por los conceptos ya señalados, conforme al mérito del proceso y de acuerdo a las pruebas que se rindan respectivamente. Segundo: Que la demandada no contesta la demanda, estando válidamente notificada, con lo cual se privó de la posibilidad de pronunciarse sobre las pretensiones de la actora, ya sea aceptándolas o negándolas en forma expresa y concreta, lo que corresponde a una omisión de su parte, relativa al cumplimiento de la carga procesal de contestar la demanda en los términos que señala el mencionado artículo 452, esto es, señalarle al tribunal en forma clara y precisa si niegan o aceptan cada una de las pretensiones de la contr

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 161, 168, 450, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil, SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE, con costas, la DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES, interpuesta por VALENTINA VICTORIA JARA RUIZ, en contra de ÓPTICAS H Y H SPA, representada por VALENTINA SANHUEZA POLANCO. Debiendo la demandada pagar a la actora las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $246.150 por concepto remuneraciones adeudadas. II.- Que la suma ordenada será reajustada en conformidad a la ley. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: M-485-2019 RUC: 19- 4-0233905-8 Dictada por MARIA ALEJANDRA CERONI VALENZUELA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán. Juzgado del Trabajo de Chillán – Isabel Riquelme N° 280, Chillán – Fono (042) 219702

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIAS: Cobro de prestaciones DEMANDANTE: Valentina Victoria Jara Ruiz DEMANDADO: Opticas H Y H RIT: M-485-2019 RUC: 19- 4-0233905-8 ________________________________________/ Chillán, veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. VISTO Primero: Que comparece VALENTINA VICTORIA JARA RUIZ, representante de ventas, domiciliada en 12 DE F

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