MP C/ BRYAN ALEJANDRO QUIROGA QUIROGA
Rol
O-222-2021
Fecha
17 de febrero de 2022
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos ocurridos en esta comuna con fecha 16 de marzo del 2021 . Pena que se tendrá por cumplida, en razón al tiempo que se mantuvo privado de libertad por la medida cautelar que pesaba en su contra. II- Respecto a la multa impuesta esta también se tendrá por cumplida, en razón al tiempo que se mantuvo privado de libertad por la medida cautelar que pesaba en su contra. III- Teniendo presente que el imputado renuncio al derecho a recurrir a un Juicio Oral, se le exime del pago de las costas IV- Habiéndose dictado sentencia condenatoria, déjese sin efecto la medidas cautelares decretadas en esta causa Las partes renuncian a los plazos y recursos legales, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Concurriendo en la especies los presupuestos del artículo 37 y 38 de la ley 18.216, la omisión, en los certificados de antecedentes, de las anotaciones a que diere origen la sentencia condenatoria, sólo para fines laborales. OFÍCIESE AL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN. En todos los casos, sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Pronunciada por don EMILIO JESÚS OTAROLA ARCE, Juez Subrogante del Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral. RIT: 222-2021 RUC: 2100252904-9 “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. GZYNYEDZDR Emilio Jesús Otárola Arce Juez de garantía Fecha: 18/02/2022 14:16:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 30 y 456 bis A todos del Código Penal, artículos 297, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley N° 18.216 SE DECLARA I- Que, se condena a don BRYAN ALEJANDRO QUIROGA QUIROGA, cédula de identidad N°17937189-8 , A LA PENA SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO , conjuntamente las accesoria contenida en el artículo 30 del Código Penal esto es suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, y al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual , en su calidad de autor del delito consumado de Receptacion de vehiculo motorizado previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del GZYNYEDZDR Emilio Jesús Otárola Arce Juez de garantía Fecha: 18/02/2022 14:16:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Código Penal, por el hechos ocurridos en esta comuna con fecha 16 de marzo del 2021 . Pena que se tendrá por cumplida, en razón al tiempo que se mantuvo privado de libertad por la medida cautelar que pesaba en su contra. II- Respecto a la multa impuesta esta también se tendr
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA Chañaral, diecisiete de febrero del dos mil veintidos TRIBUNAL Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Chañaral JUEZ EMILIO JESÚS OTAROLA ARCE RUC 2100252904-9 RIT 222-2021 IMPUTADO BRYAN ALEJANDRO QUIROGA QUIROGA CI 17937189-8 DIRECCION 3 NORTE N° 1521 COMUN ANTOFGAST NACIONALIDA CHILENO DELITO RECEPTACION DE VEHICULO MOTORIZADO ARTÍC
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