Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

FISCALIA IQUIQUE C/ HUBERT NEY LERMA

Rol

O-631-2021

Fecha

18 de febrero de 2022

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos fundamento de su acusación, el accionante presentó la siguiente prueba: 1.- Al funcionario policial Javier Vega Dueñas, quien refirió que en el mes marzo de 2021, una persona con reserva de identidad aportó antecedentes sobre una banda delictual que operaba en la población Jorge Inostroza cometiendo delitos violentos con armas de DZCXYETCGS Juana Rosa Rios Meza Juez oral en lo penal Fecha: 18/02/2022 16:15:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 6 fuego y posesión de drogas, y al comunicarlo al fiscal, éste instruyó tomar declaración al testigo, lo que hicieron los funcionarios Márquez y Victoria Campos, a quienes señaló que la banda la integraban varias personas, aportando los domicilios en que realizaban acopio de drogas y armas de fuego, ante lo cual, el día 2 de marzo, el fiscal gestionó órdenes de entrada y registro en los domicilios aportados, diligencia que corroboró el certificado incorporado. Agregó, que los días 2 y el 3 de marzo, el inspector Márquez como oficial de caso, y él como oficial más antiguo, tomaron conocimiento de la verificación de los antecedentes, tratándose de 5 inmuebles de la población Jorge Inostroza: el primero, de calle Moisés González 1512 o 1215, donde vivía un sujeto colombiano al que nombraban como Hubert, donde el equipo determinó la presencia de un vehículo estacionado en el frontis, cuya placa patente estaba asociada a Hubert Nilsen(sic) Lerma; el segundo, en Pasaje Antártica 1921; y el tercero, en el N°1919, que según el testigo correspondía a un inmueble usado por 2 mujeres llamadas Sonia y Piera. Dijo, que cerca de las 20:10 horas del día 3 de marzo, ent

Fundamentos

fundamentos vertidos en el motivo undécimo. 3°.- Que se condena a Hubert Ney Lerma, ya individualizado, la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo; a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; y a una multa a beneficio fiscal ascendente a dos UTM, autorizando su pago en cuatro cuotas iguales mensuales de media UTM, cada una, a partir del día 30 del mes siguiente a que esta sentencia quede ejecutoriada. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, se le declara exento del apremio y pena sustitutiva establecida en el inciso segundo del artículo 49 del Código Penal, como prescribe su inciso tercero, atendidos los antecedentes socioeconómicos acreditados con los informes incorporados. 4º.- Que también se condena a Hubert Ney Lerma como autor de un delito de tenencia ilegal de municiones previsto y sancionado en el artículo 9º, en relación al artículo 2º letra c) de la Ley 17.798, se condena también a Hubert Ney Lerma, a una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio; a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y al comiso de las municiones incautadas remanentes de las pruebas efectuadas, las que se remitirán en su oportunidad al Depósito General de Carabineros de Chile. 5°:- Que, por los fundamentos vertidos en el motivo decimoctavo, se sustituyen los dos castigos corporales impuestos a Hubert Ney Lerma por la pena de 1.637 días de DZCXYETCGS Juana Rosa Rios Meza Juez oral en lo penal Fecha: 18/02/2022 16:15:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 22 intervención en libertad vigilada intensiva, quedando sujeto al cumplimiento de las obligaciones que le impone el artículo 17 de la Ley 18.216, debiendo el delegado que se le designe proponer a este tribunal para su aprobación, dentro del plazo máximo de 45 días desde que el

Fallo

fallo les impone, atendida su extensión, por no reunir los requisitos establecidos en la Ley 18.216 para sustituirlos por las penas que ella contempla, razón por la cual no se hará referencia a los antecedentes incorporados al efecto. DZCXYETCGS Juana Rosa Rios Meza Juez oral en lo penal Fecha: 18/02/2022 16:15:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 20 DECIMOCTAVO: Que, por el contrario, sustituiremos a Hubert Ney Lerma las dos penas corporales que este fallo le impone, por la pena de libertad vigilada intensiva, por concurrir a su respecto los requisitos previstos en los artículos 15 y 15 bis de la Ley 18.216, en la forma que se dispone en la parte resolutiva, por así permitirlo el atestado de su extracto de filiación y antecedentes, exento de condenas anteriores; porque la suma de las penas corporales no excede del límite establecido al efecto; y porque los informes incorporados por la defensa, que dan cuenta que presenta características facilitadoras del proceso de reinserción social en libertad y la existencia de arraigo y red de apoyo familiar en este país, permiten avizorar una reinserción social efectiva

Texto Completo (Preview)

1 C/ HUBERT NEY LERMA Y OTROS (2) TRÁFICO ILICITO ESTUPEFACIENTES, TEN. ILEGAL MUNICIONES ROL ÚNICO Nº 2100202565-2 ROL INTERNO Nº 631-2021 Iquique, dieciocho de febrero de dos mil veintidós. CON LO PRESENCIADO EN EL JUICIO ORAL PRIMERO: Que, el día 11 de febrero en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los jueces Sres. Franco Repetto Contreras, Juan Ibaca

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