2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ ÁLVARO SEBASTIÁN ARRIAGADA CAMPOS

Rol

O-132-2020

Fecha

18 de febrero de 2022

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4)., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y teniendo presente: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante la sala de este Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por la magistrada doña Denisse Ehrenfeld Ebbinghaus, e integrada además por los magistrados don Eduardo Gallardo Frías y don Raúl Díaz Manosalva, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RIT 132-2020, RUC 1900437870-1, seguida contra los siguientes acusados: ÁLVARO SEBASTIÁN ARRIAGADA CAMPOS, chileno, cédula nacional de identidad N°19.375.859-2, nacido en Santiago el 7 de junio de 1996, 25 años, soltero, comerciante, con domicilio en Pasaje Vicuña Nº1237, población Gabriela Mistral, comuna de Estación Central, representado por el defensor privado Bernardo Jorquera Rojas. ÍTALO EDUARDO ARRIAGADA CAMPOS, chileno, cédula nacional de identidad N°18.066.332-0, nacido en Santiago el 11 de septiembre de 1992, 29 años, soltero, soldador, con domicilio en pasaje Coronel Estanislao del Canto Nº13697, comuna de Puente Alto, representado por la defensora penal pública doña Florencia Draper. VICENTE JOEL EDUARDO MEDINA PLAZA, chileno, cédula nacional de identidad N°19.034.900-4, 26 años, soltero, trabaja en construcción, con domicilio en calle Pasaje El Peumo 14100, comuna de La Pintana, representado por el defensor penal público doña Joseline Allaire Kindle; Sostuvo la acusación del Ministerio Público la Fiscal Adjunta doña Alina Escudero González. SEGUNDO: Acusación. El Ministerio Público acusó por lo siguiente: El día 23 de abril de 2019, a las 14:55 horas aproximadamente, en la intersección de calles Las Siemprevivas con Los Helechos, comuna de Renca, el imputado ÁLVARO SEBASTIÁN ARRIAGADA CAMPOS conducía a sabiendas el automóvil marca Hyundai, modelo Sonata, con sus placas patentes ocultas al interior del móvil, las que corresponden a la PPU CTGV.44, quien además portaba ocultas, indistintamente, en los calcetines del pie derecho e izquierdo, dos bolsas contenedoras en total de 200 envoltorios de papel

Fundamentos

considerando quinto- y que fue incorporada en el marco del juicio oral, constituye los elementos de juicio que corresponde valorar al Tribunal para determinar si las hipótesis de los intervinientes sobre los hechos se encuentran suficientemente respaldadas. Este análisis se regirá por la regla de valoración del artículo 297 del Código Procesal Penal, esto es con libertad, pero sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia ni los conocimientos científicamente afianzados. Con el objeto de facilitar el análisis, se dividirá el examen de la prueba según sus componentes principales y de acuerdo con la controversia planteada por éstos. I. Circunstancias de tiempo y lugar de detención de los acusados, elementos que fueron incautados. Aunque no fue objeto de mayor debate, se acreditó la realización de un procedimiento en que Carabineros de Chile pesquisó la posesión de drogas y de municiones de armas de fuego, atribuidas en principio a tres individuos -los acusados- quienes se movilizaban abordo de un automóvil que no portaba sus placas patentes, lo que ameritó su detención en el lugar. Así lo expusieron en forma complementaria en el juicio los funcionarios de Carabineros Cabo 1° Javier Betancourt Cofré y Carabinero Rafael Carrasco Muñoz, quienes relataron que desempeñándose en patrullaje por calles a cargo de la 7ma. Comisaría de Renca, el 23 de abril de 2019 a las 14.55 horas, recibieron un llamado de la unidad que daba cuenta, a través de una denuncia anónima, que un vehículo sedán blanco sin placa patente merodeaba por calles de Renca, que estaría repartiendo drogas y que sus ocupantes habrían efectuado disparos. Al patrullar el cuadrante respectivo en la actual calle Dorsal -Jaime Guzmán en ese entonces- con Los Acacios, visualizan un vehículo Hyundai Sonata con tres ocupantes, blanco y sedán, sin sus placas patentes. Ante la coincidencia, con aparatos sonoros los conminan a detenerse, haciendo caso omiso, realizando un breve seguimiento hasta lograr detenerlos en la intersección de Los Helechos con Siempre Vivas, misma comuna de Renca, iniciándose entonces un control vehicular y de identidad, con el consiguiente registro del vehículo y vestimentas de los ocupantes. Señalaron que el conductor era Álvaro Arriagada Campos, el copiloto o acompañante Ítalo Arriagada Campos y el tercer ocupante, que viajaba en los asientos traseros, Vicente Medina Plaza. Este último mantenía una orden vigente por receptación, por lo que se le detuvo. Se hizo descender a los otros dos, señalando el Cabo Betancourt que visualizó por el costado del conductor una punta blanca de la patente, bajo la butaca del chofer. Al revisar encontró dos placas patentes, que resultaron coincidir con el vehículo -según comprobación posterior- deteniéndolo por dicho ocultamiento. Revisadas las ropas del conductor Álvaro Arriagada Campos, se hallaron en sus calcetines dos bolsas contenedoras de doscientas papelinas cuadriculadas, dosificación que contenía pa

Fallo

fallo de 29-11-21 de la Excma. Corte Suprema, Rol 37.058-2021, que se refiere a los tipos penales de la ley control de armas como de delitos de peligro abstracto, indicando que ni las armas ni las municiones por sí solas son peligrosas, pues sólo estaría dado porque cada una necesita de la otra para tener utilidad, obligan a complementarse. No es posible condenar, por condición imposible de cumplir, no hay registro de manera unitaria. Es defectuoso el tipo penal. No puede determinarse que iban a ser usadas, pues no hay antecedentes del arma de fuego. La defensa de Álvaro Arriagada insiste en la absolución, no se supera el estándar probatorio pues no hay prueba de cargo. Sobre la placa patente oculta, flagrancia, no se fotografía el sitio del suceso, se ampara únicamente en testimonios de Carabineros que dicen lo que supuestamente vieron, no hay una reconstrucción. Betancourt no sacó fotos, él lo decidió y su colega no recuerda por qué no se hizo. Las imágenes se obtienen en la comisaría, horas después, en la noche. El vehículo no tenía encargo por robo, tampoco las patentes, se suben a él a traficar drogas, sería pedir que los detengan. La denuncia anónima puede ser, pero también al telefonista no se puede extender el anonimato. Pide la absolución por este delito. EDUARDO ABEL GALLARDO FRIAS Juez Integrante Fecha: 18/02/2022 12:07:52 RAUL ALEJANDRO DIAZ MANOSALVA Juez Redactor Fecha: 18/02/2022 12:33:18 HKHXYEVXMR DENISSE SARA EHRENFELD EBBINGHAUS Juez Presidente Fecha: 18/

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RUC 1900437870-1 RIT 132-2020 MINISTERIO PÚBLICO CON ARRIAGADA CAMPOS, ÁLVARO SEBASTIÁN Y OTROS TRÁFICO DE DROGAS, OCULTACIÓN DE PLACA PATENTE, TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES Santiago, dieciocho de febrero de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante la sala de este Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por la magistrada

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