COMERCIAL AMAR HERMANOS Y CIA. LTDA./INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE TRAIGUEN
Rol
I-1-2021
Fecha
27 de mayo de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos motivo de la multa. En subsidio, por ausencia de infracción legal, al no haber incumplimiento a la norma tipificada en la multa. Y finalmente, en subsidio, en caso de estimar que no existe falta de competencia o se incurrió efectivamente en una infracción legal, bajo lo descrito en la resolución de multa, que se impugna, se rebaje el desproporcionado monto impuesto, por erigirse en manifiesta desproporcionado y carente de fundamento. I.- INFRACCIÓN RECLAMADA - Supuesto fáctico “No mantener las condiciones adecuadas de seguridad y salud laboral en la faena ubicada en Santa Cruz N° 824, Traiguen, al no utilizar los servicios de aplicación de desinfectantes de venta especializada por empresa externa que cuente con resolución sanitaria de la Seremi de Salud, lo anterior respecto del producto desinfectante detergente WK-100 solución 4,3% registro ISP D-492/18”. - Norma infringida: Artículo 3 del DS 157 de 2005, del Ministerio de Salud, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. Que, la norma administrativa se refiere que: “Todo plaguicida de uso sanitario y doméstico importado o de fabricación nacional, deberá contar con registro sanitario para ser comercializado o distribuido a cualquier título en el país, en la forma y condiciones que establece el presente reglamento, exceptuándose de esta exigencia las muestras que se importen destinadas a obtener su registro. Los productos que se importen o fabriquen con fines de exportación, también deberán ser registrados como lo establece el presente reglamento. Los productos que contengan plaguicidas como materia prima, sin ser esa su función principal, tales como ceras, pinturas, barnices u otros, podrán contener sólo aquellos plaguicidas y en las concentraciones que se determinen mediante decreto del Ministerio de Salud dictado bajo la fórmula "Por Orden del Presidente de la República". Los productos que contienen algún principio activo de uso plaguicida tales como acaricidas, pediculicidas, repele
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante este Juzgado de Letras y Laboral de Traiguen, el día 07 de mayo del presente año, se llevó a cabo la celebración de la audiencia de juicio en causa RIT I-1-2021, dirigida por el magistrado don Jaime Andrés Manríquez Oyanader, con la asistencia de la parte reclamante Comercial Amar Hermanos Y Cia. Ltda, RUT N° 77.349.320-0, representado legalmente por don Claudio Amar Uribe y don Elías Amar Amar, debidamente patrocinado por el Abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don Claudio Muñoz Riveros, domiciliado en Santa Cruz N° 824, de la comuna de Traiguen, y por la parte reclamada, la Inspección Comunal Del Trabajo de Traiguen, representada por don Kanfuff José Roberto León Rojas, Inspector Provincial del Trabajo y mediante la abogada doña Camila Andrea Gajardo Alegría, domiciliada en calle Aníbal Pinto N°487, de la Comuna de Traiguen, en causa de procedimiento ordinario, en materia de reclamación de multa administrativa, caratulada Comercial Amar Hermanos y Cía. Limitada con Inspección Comunal del Trabajo de Traiguen. SEGUNDO: Competencia subjetiva: acción incoada y su fundamento. Que compareció en estos autos el abogado don Claudio Muñoz Riveros, en representación de la empresa reclamante, Comercial Amar y Compañía Limitada, en adelante “El Trébol”, con el objeto de reclamar judicialmente, conforme lo dispuesto en los artículos 503 y 508 del Código del Trabajo, contra la resolución de multa N° 1799/20/37, de fecha 29 de diciembre de 2020, cursada por la Inspección Comunal del Trabajo de Traiguen -reclamada-, notificada mediante carta certificada, depositada en las oficinas de Correos de Chile, con fecha 31 de diciembre de 2020, ergo, notificada el día 08 de enero de 2021, para que se deje en definitiva, sin efecto la referida multa, al existir error de hecho, por falta de competencia de la inspección del trabajo para conocer y fiscalizar los hechos motivo de la multa. En subsidio, por ausencia de infracción legal, al no haber incumplimiento a la norma tipificada en la multa. Y finalmente, en subsidio, en caso de estimar que no existe falta de competencia o se incurrió efectivamente en una infracción legal, bajo lo descrito en la resolución de multa, que se impugna, se rebaje el desproporcionado monto impuesto, por erigirse en manifiesta desproporcionado y carente de fundamento. I.- INFRACCIÓN RECLAMADA - Supuesto fáctico “No mantener las condiciones adecuadas de seguridad y salud laboral en la faena ubicada en Santa Cruz N° 824, Traiguen, al no utilizar los servicios de aplicación de desinfectantes de venta especializada por empresa externa que cuente con resolución sanitaria de la Seremi de Salud, lo anterior respecto del producto desinfectante detergente WK-100 solución 4,3% registro ISP D-492/18”. - Norma infringida: Artículo 3 del DS 157 de 2005, del Ministerio de Salud, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. Que, la norma administrativa se refier
Fallo
Por tanto, analizada la prueba de autos, conforme a las reglas de la sana crítica, y en virtud de lo expuesto y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 503 y normas del juicio monitorio del Código del Trabajo, artículo 1 del DFL N° 1, artículo 81 DS N° 187 y Punto N° 7 de la Circular N° 73 de la Dirección del Trabajo, y demás normas pertinentes, se RESUELVE: I. Que SE ACOGE el reclamo judicial interpuesto por Comercial Amar Hermanos Y Cia. Ltda, RUT N° 77.349.320-0, solo en cuanto se rebaja la multa impuesta a través de la resolución de multa 1799/20/37, de fecha 29 de diciembre de 2020, cursada por la Inspección Comunal del Trabajo de Traiguén, a 5 UTM. II. Que, cada parte se hará cargo de sus costas. Las partes quedan notificadas en este acto de la sentencia. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT : I-1-2021 RUC : 21-4-0315861-2 Dictada por don JAIME ANDRÉS MANRIQUEZ OYANADER, Juez Titular, Juzgado de Letras y Laboral de Traiguén. En Traiguén, a veintisiete de mayo de dos mil veintiuno, la sentencia que antecede se notificó por el estado diario de hoy.
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RIT : I-1-2021 RUC : 21-4-0315861-2 PROCEDIMIENTO : Ordinario MATERIA : Reclamación de multa administrativa CARATULADA : Comercial Amar Hermanos y Cía. Limitada con Inspección del Trabajo de Traiguen Traiguen, veintisiete de mayo de dos mil veintiuno VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante este Juzgado de Letras y Laboral de Traiguen, el día 07 de mayo del present
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