MINISTERIO PUBLICO . . C/ LORENA PATRICIA FARÍAS FUENZALIDA
Rol
O-902-2021
Fecha
15 de febrero de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Se presenta acusación fiscal en contra de doña LORENA PATRICIA FARIAS FUENZALIDA, Cédula de identidad N° 14.015.526-8, domiciliada en Pasaje Francisca Juanicotena 1034, Matías Madariaga I de la comuna de Bulnes y en contra de JOAQUIN ALBERTO RIVERA CID; cédula de identidad N° 18.410.169-6, domiciliado en Pasaje Francisca Juanicotena 1034, población Matías Madariaga I de la comuna de Bulnes, por los siguientes hechos: Hecho N°1: (Ambos imputados) El día 7 de octubre del año 2021 y al interior del domicilio ubicado en Pasaje Francisca Juanicotena 1034, población Matías Madariaga I de la comuna de Bulnes, los imputados Joaquín Alberto Rivera Cid y Lorena Patricia Farías Fuenzalida, fueron sorprendidos por personal policial teniendo al interior de dicho domicilio droga, particularmente don Joaquín Rivera Cid, se encontraba realizando dosificación y manipulación bolsa de nylon transparente en la que en su interior tenía 19 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedora de sustancia color beige correspondiente a cocaína y a un peso de seis gramos de dicha sustancia no teniendo autorización para ello. Además, al interior de dicho domicilio se encontró e incauto en poder del imputado una bolsa transparente en cuyo interior mantenía una sustancia vegetal de color verde con coloración positiva para prueba de campo a cannabis sativa y con un peso de diecinueve coma nueve gramos de dicha sustancia y la suma de $159.000 de dinero efectivo en billetes de distinta denominación. Luego, en mismo domicilio y en una dependencia destinada a dormitorio, la imputada ya individualizada fue sorprendida teniendo en su poder una bolsa de nylon transparente la que arrojo por la ventana del dormitorio y que tenía 69 envoltorios confeccionados con papel blanco cuadriculado contenedor de sustancia color beige, cuya prueba de campo arrojo positivo para cocaína, con un peso de veintiuno coma cinco gramos. De igual modo, sobre una silla se encontró en poder la imputada una b
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Ns°6 y 9, 14, 15, 21, 29, 49, 67, 70 del Código Penal; artículos 1°, 3° y 52 de la Ley N° 20.000; 1°, 38° de Ley 18.216; articulo 17 ley 19.970 y ley 20.066, se declara: I. Que se condena a don JOAQUIN ALBERTO RIVERA CID; cédula de identidad N° 18.410.169-6, como autor del delito de tráfico de drogas de pequeñas cantidades, acaecido en esta jurisdicción el 7 de octubre del año 2021, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, y una multa de Una UTM, y a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de maltrato habitual acaecido desde principios del año 2021 y hasta junio del mismo año. II. Que se condena a doña LORENA PATRICIA FARIAS FUENZALIDA, Cédula de identidad N° 14.015.526-8, como autora del delito de tráfico de drogas de pequeñas cantidades, acaecido en esta jurisdicción los días, 7 de octubre del año 2021, 3 de noviembre de 2020 y 26 de marzo de 2020, a la pena de 450 días de presidio menor en su grado mínimo, y al pago de una multa de tres UTM, y accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. III. Que, reuniendo los condenados los requisitos legales, en atención a los días de abono procedentes de aquellos que han permanecido privados de libertad, la pena impuesta se da por cumplida. IV. Que se decreta el comiso y posterior destrucción de los instrumentos o efectos del delito. TDXLYDCXDX ANDRES EUGENIO VILLARROEL ROMAN
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Bulnes, quince de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Se presenta acusación fiscal en contra de doña LORENA PATRICIA FARIAS FUENZALIDA, Cédula de identidad N° 14.015.526-8, domiciliada en Pasaje Francisca Juanicotena 1034, Matías Madariaga I de la comuna de Bulnes y en contra de JOAQUIN ALBERTO RIVERA CID; cédula de identidad N° 18.410.169-6, domiciliado en Pasaje Francisca Juanicotena
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