Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.

JUAN LUIS CABRERA DURAN C/ JOAQUÍN IGNACIO RÍOS ULLOA

Rol

O-118-2020

Fecha

14 de febrero de 2022

Materia

OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS El día 16 de Julio 2019, alrededor de las 20:55 horas, en circunstancias que el imputado Joaquín Ríos Ulloa conducía el vehículo placa patente GR.KX-89, por el kilometro 1809 de la Ruta 5 Norte, de esta Comuna, fue fiscalizado por personal de Carabineros de Chile, quienes se percatan de que se encontraba bajo la influencia de drogas y estimulantes debido a su estado de alteración, pupilas dilatadas y lenguaje inconexo, por lo que proceden a su detención y toma de examen de sangre, para detectar la ingesta de substancias estupefacientes o sicotrópicas, cuyos resultados arrojaron en definitiva presencia de MARIHUANA y COCAINA en la sangre del imputado. Pozo Almonte, catorce de febrero de dos mil veintidós. Vistos y

Fundamentos

considerando:

Fallo

SE DECLARA: Que se condena a JOAQUÍN IGNACIO RÍOS ULLOA, chileno, cédula de identidad 0019917445-2, domiciliado en Pasaje Playa Quinteros Nº 3317 de la ciudad de Iquique, como autor del delito consumado de CONDUCCION BAJO INFLUENCIA DE SUBSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O SICOTROPICAS., previsto y sancionado en el artículo 110, en relación al 196 de la ley 18.290, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 16 de Julio de 2019, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo - Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión Condicional 1 año CRS Iquique Observación: a) Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio, esto es CRS de Iquique, por el lapso de 1 AÑO, debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. b) El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Iquique de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del XXEHYDTXPR Horacio Manuel Andrade Aguilante Juez de garantía Fecha: 16/02/2022 10:24:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado

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