TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL TALAGANTE

C/ DAVID ISAAC JEREZ CASTELLÓN

Rol

O-87-2021

Fecha

15 de febrero de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Individualización del Tribunal y de los intervinientes. Que el día diez de febrero del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante integrado por los jueces don Gustavo Campaña González, en calidad de Juez Presidente de sala, doña Sylvia Alvarado Estay, como Jueza redactora y don Mauricio Cuevas Gatica, como tercer Juez integrante; se llevó a efecto, mediante la plataforma zoom, el Juicio Oral Rol Único de Causa Nº - , Rol Interno del Tribunal Nº - , seguido en contra de DAVID ISAAC JEREZ CASTELLÓN, cédula de identidad N° 9 - , domiciliado en calle Francisco de Aguirre block departamento , Población Las Praderas, comuna de Peñaflor, sujeto en esta causa a las medidas cautelares establecidas en las letras a), d) y e) del artículo del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno, arraigo y la prohibición de acercarse a bodega ubicada en Avenida Balmaceda N° 9 desde el de febrero de , las que se encuentran suspendidas desde el de enero del presente año, por encontrarse sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en la causa RIT - del Juzgado de Garantía de Talagante. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal doña Roxana Fernández Cisternas, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público Licitado don Eduardo Saavedra Díaz, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación Fiscal. Que el Ministerio Público al deducir acusación, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, la fundó en los siguientes hechos: “El día de febrero de a las horas aproximadamente los acusados ingresaron mediante escalamiento a la empresa DCT ALIMENTOS ubicada en avenida Balmaceda N° 9 comuna de Peñaflor y una vez en el lugar forzaron una bodega y se apropiaron de sobres de leche en polvo, packs de pilas , 9 packs de detergente , latas de pasta de zapatos color negro y latas de pasta de zapato color café avaluadas en la

Fundamentos

motivos de seguridad, quien juramentado en forma legal indica que en febrero del año pasado la empresa de alarmas Verisure, lo llamó a su domicilio porque tiene las llaves de la empresa donde dos sujetos entraron a robar y tenía que abrir para que entraran los Carabineros y Paz Ciudadana que habían llegado al lugar. Esto ocurrió casi a las : horas, en ese tiempo todavía había toque de queda. La empresa se llama DCT y está ubicada en Balmaceda N° 9 , Malloco comuna de Peñaflor. Cuando llegó estaban los carabineros, Paz Ciudadana y tenían detenidas a dos personas. Cuando ingresaron pudo ver que por el costado del galpón las latas estaban “hechas pedazos” y también había cosas botadas y destruidas. La empresa cuenta con un portón afuera que estaba cerrado, para que pudieran ingresar los carabineros y Paz Ciudadana él tuvo que abrir, los sujetos entraron por arriba. Los carabineros le dijeron que eran dos personas, los que lograron sacar especies consistentes en mercadería, artículos de aseo, vanish, cosas para lavado de ropa, pilas, en el suelo había Nescafé, azúcar y arroz; unas pocas cosas se recuperaron, las que le fueron entregadas por carabineros y él las devolvió a la empresa. Se le exhibe de otros medios de prueba set N° Fotografía N° : muestra el lugar por donde los sujetos ingresaron al galpón. Fotografía N° : se observa la parte del galón que los sujetos rompieron para entrar al galpón descerrajando las latas. Fotografía N° : corresponde a la mercadería que dejaron botada y un carro con mercadería. Fotografía N° : se aprecia es la mercadería que le incautó carabineros y que los sujetos tenían en un saco Fotografía N° : es mercadería consistente a cajas de pasta de zapatos Al ser contra interrogado por la defensa, responde que en las fotos se observa que hay mucha mercadería, cosas que los sujetos botaron y dejaron tiradas dentro del galpón. Él recibió el saco se los carabineros, se lo entregaron en la comisaría. La mercadería que estaba dentro del saco era de propiedad de la empresa. Los carabineros le dijeron que los encontraron con ese saco con mercadería. Tribunal: no formula preguntas. .- Atestado de Jaime Andrés Emilio Martínez Jara, cédula de identidad N° . 9 . - , nació el de mayo de 9 en Purranque, años, soltero, Sargento ° de la ° Comisaría de Peñaflor, domiciliado en calle de septiembre N° 9, Comuna de Peñaflor quien juramentado en forma legal a la fiscal le cuenta XTXDYDXTXX ALFONSO JOSÉ JOVE AVILÉS Juez oral en lo penal Fecha: 15/02/2022 16:32:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl que se encontraba de servicio de segundo patrullaje junto el cabo ° Pablo Sil

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos , , N° 9, N° , N° , , , , , N° y 9 N° del Código Penal, y del Código Civil, artículos , , , , , 9 , 9 , 9 , , , , , y del Código Procesal Penal, artículo del Código Orgánico de Tribunales, se declara: I.- Que se condena a DAVID ISAAC JEREZ CASTELLÓN en calidad de autor del delito de Robo con Fuerza en las cosas en lugar no habitado, en grado de desarrollo consumado, perpetrado el día de febrero de , en la comuna de Peñaflor, imponiéndole la pena de SETECIENTOS DÍAS ( días) de PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que, no se concede al sentenciado DAVID ISAAC JEREZ CASTELLÓN ninguna de las penas sustitutivas que establece la Ley , y en consecuencia, deberá cumplir real y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad por esta causa, esto es, detenido el de febrero de , fecha en que se decretó la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, la que se mantuvo vigente hasta el día de enero de , oportunidad en que fue suspendida debido a que el acusado se encuentra en prisión preventiva en causa diversa, conforme a certificado suscrito por doña Patricia Oviedo González, Jefa de Unidad de Causas (S) de este Tribunal, vale decir, registra un abono días, salvo mejor parecer del Juez de Garantía, con mayores y mejores antecedentes. III. - Que, se

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TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE TALAGANTE CONTRA: DAVID ISAAC JEREZ CASTELLÓN R.U.C. N°: - R.I.T. N°: - DELITO: ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR NO HABITADO CONSUMADO. Talagante, quince de febrero de dos mil veintidós VISTOS: PRIMERO: Individualización del Tribunal y de los intervinientes. Que el día diez de febrero del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ta

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