Juzgado de Garantía de Cauquenes.

JUAN RAMON GONZALEZ HORMAZABAL C/ GUSTAVO ADOLFO ANTONIO VERA VALENZUELA

Rol

O-854-2020

Fecha

14 de febrero de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 25 de Diciembre del año 2018, a las 12:00 horas app, en la vía pública, específicamente en la ruta m 70, a la altura del Km 3, de la comuna de Cauquenes, el imputado GUSTAVO ADOLFO ANTONIO VERA VALENZUELA conducía el vehículo tipo automóvil, color blanco, marca Volskwagen, modelo Golf, año 1996, PPU NZ-374, perdiendo el control y quedando varado a un costado de la ruta. Al concurrir personal policial, se percatan del evidente estado de ebriedad con que el requerido efectuaba la conducción, dado su hálito alcohólico, motivo por el cual es sometido al examen de alcoholemia, el cual arroja una cifra de 1,49 gramos por mil de alcohol en la sangre. A continuación se transcribe la parte resolutiva del fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 854 - 2020 RUC : 1801276375-8 IMPUTADO : GUSTAVO ADOLFO ANTONIO VERA VALENZUELA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, catorce de febrero de dos mil veintidós. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 24, 25, 30 del Código Penal; 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 196 de la ley de Tránsito, artículo 10 y 11 de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a GUSTAVO ADOLFO ANTONIO VERA VALENZUELA, Cédula Nacional de Identidad N°0017218181-3, domiciliado en Calle VILLA SAN RAFAEL, QUEILEN Nº 1556, Cauquenes, ya individualizado, como autor del delito de CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 25 de diciembre del año 2018, a la pena de 200 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de CUATRO Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de su licencia para conducir por el período de CINCO años, y las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 10 y 11 de la ley 18.216, teniendo para ello presente la ace

Fallo

fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 854 - 2020 RUC : 1801276375-8 IMPUTADO : GUSTAVO ADOLFO ANTONIO VERA VALENZUELA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, catorce de febrero de dos mil veintidós. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 24, 25, 30 del Código Penal; 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 196 de la ley de Tránsito, artículo 10 y 11 de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a GUSTAVO ADOLFO ANTONIO VERA VALENZUELA, Cédula Nacional de Identidad N°0017218181-3, domiciliado en Calle VILLA SAN RAFAEL, QUEILEN Nº 1556, Cauquenes, ya individualizado, como autor del delito de CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 25 de diciembre del año 2018, a la pena de 200 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de CUATRO Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de su licencia para conducir por el período de CINCO años, y las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 10 y 11 de la ley 18.216, teniendo para ello presente la aceptación de responsabilidad y su disposición a trabajar, se dispone el cumplimiento de la pena corporal mediante la pena sustitutiva de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, en razón de 266 horas, que se ll

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CIRCUNTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL: Concurren. ATENUANTES: 11 N° 9 Código Penal AGRAVANTES: 12 N° 16 Código Penal LOS HECHOS: El día 25 de Diciembre del año 2018, a las 12:00 horas app, en la vía pública, específicamente en la ruta m 70, a la altura del Km 3, de la comuna de Cauquenes, el imputado GUSTAVO ADOLFO ANTONIO VERA VALENZUELA conducía el vehículo tipo automóvil, color

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