Juzgado de Garantía de Talagante

M P C/ JEREMY IGNACIO VALLADARES HENRÍQUEZ

Rol

O-2282-2021

Fecha

8 de febrero de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que la Fiscalía del Ministerio Público de la ciudad y comuna de Talagante, en los antecedentes RUC 2100437878-1, RIT 2282-2021, dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JEREMY IGNACIO VALLADARES HENRÍQUEZ cédula de identidad 20.137.165-1, con domicilio en Calle Jose Tomas Ovalle, Villa Los presidentes Nº 111 comuna de Talagante, configurándose el ilícito previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal en relación con el artículo 432 del mismo texto legal frustrado. Concurre la agravante de responsabilidad penal del artículo 12 N° 16 del Código Penal. SEGUNDO: Que, en la audiencia de juicio oral de procedimiento simplificado, previo a ser advertida por el Juez que de admitir responsabilidad en los hechos, esta magistratura no podría imponerle una pena superior a la solicitada en el requerimiento, JEREMY IGNACIO VALLADARES HENRÍQUEZ admitió responsabilidad en los hechos que se le atribuyen. Con este reconocimiento, el Tribunal, una vez que escuchó a los intervinientes, pronunció su resolución. TERCERO: Que, los antecedentes de la investigación fueron aportados por el Ministerio Público para fundamentar la existencia del hecho punible y la participación de JEREMY IGNACIO VALLADARES HENRÍQUEZ, en la audiencia. CUARTO: Que, al valorar conforme a las reglas de los artículo 297 y 340 el cúmulo de medios de prueba que fundan el requerimiento, se encuentra acreditado el siguiente hecho: El día 3 de mayo del año 2021, el requerido ingresó al Supermercado Tottus plaza ubicado en calle Eyzaguirre “715”, de la comuna de Talagante, para dirigirse a distintos pasillos de dicho establecimiento y apropiarse de diversas especies como son chocolates de distintas marcas y valores y dos unidades de jamón curado, especies que al traspasar las cajas registradoras no pagó y cuyo valor corresponde a $ 79.190.- y gracias al actuar de los funcionarios guardias, logró ser detenido al interior de las dependencias de dicho recinto. QUI

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES Y de conformidad con lo previsto en los artículos 1, 7, 11 n° 9, 12 N° 15, 14, 15, 16, 18, 25, 50, 67, 446 N° 3 del Código Penal, artículos 1°, 2, 3, 7, 8, 12, 45, 47, 70, 77, 93 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA al imputado JEREMY IGNACIO VALLADARES HENRÍQUEZ, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y se le exime del pago de las costas de la causa como AUTOR del delito de HURTO SIMPLE PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 446 N° 3 DEÑL CODIGO PENAL, en grado de frustrado, cometido en esta jurisdicción el 03 de Mayo de 2021. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216 y, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado JEREMY IGNACIO VALLADARES HENRÍQUEZ, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de CINCUENTA Y CINCO (55) horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS SMHHYCQDXY CHRISTIAN GABRIEL CACERES MOLINA Juez de garantía Fecha: 14/02/2022 16:10:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, I

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Talagante, a ocho de febrero del año dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Que la Fiscalía del Ministerio Público de la ciudad y comuna de Talagante, en los antecedentes RUC 2100437878-1, RIT 2282-2021, dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JEREMY IGNACIO VALLADARES HENRÍQUEZ cédula de identidad 20.137.165-1, con domicilio en Calle Jose Tomas Ovalle, Villa Los presidentes

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