FISCALIA POZO ALMONTE C/ DEYBI REQUE ROCHA
Rol
O-301-2022
Fecha
11 de febrero de 2022
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS “El día 10 de febrero del año 2022, aproximadamente a las 10:55 horas, en circunstancias que personal de Carabineros realizaba labores de patrullaje en la ruta 5 norte a la altura del kilómetro 839, fiscalizo al conductor del vehículo palca patente PTRV-73 minibús mercedes Benz de color blanco, que correspondía imputado presente DEYBI REQUE ROCHA, solicitándole todos los documentos del vehículo al proceder a revisar personal de Carabineros, la autorización de general de servicio de Transporte que habilita los vehículo para transporte de pasajeros remunerado y verificar aquello con el código CQ, se percataron que dicho documento no correspondía al vehículo que imputado conducía, toda vez que los antecedentes y revisar el que correspondía a un vehículo diverso Placa patente PLHF- con una capacidad distinta de asientos arrojando además que el número de certificado era distinto toda vez que el señalado 4163 no el que portaba el imputado, razón por la cual se procedió a su detención”. Pozo Almonte, once de febrero del año dos mil veintidós. Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a DEYBI REQUE ROCHA, cédula de identidad para extranjeros N° - , de nacionalidad boliviana, domiciliado en calle Santa Rosa de Varas - sitio 8, Alto Hospicio, como autor del delito consumado de FALSIFICACIÓN DE INSTRUMENTO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 19 en relación al artículo 19 y 19 , todos del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 10 de febrero del año 2022, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo -- Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión Condicional 1 año CRS Alto Hospicio Observación: Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo de la Ley N°18 1 , se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio, esto es, el CRS Alto Hospicio, Ubicado en Los Cóndores 1 de dicha comuna, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con RWLYCESDZ Raul Fernando Santander Padilla Juez de garantía Fecha: 14/02/2022 17:16:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C h
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado
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