ANONIMIZADO
Rol
C-1329-2022
Fecha
25 de agosto de 2022
Materia
ALIMENTOS CESACION
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes, en especial el domicilio actual de la parte demandada de autos no corresponde al territorio jurisdiccional de este Tribunal, en consecuencia, es incompetente para conocer de estos antecedentes y, conforme lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 14.908 y artículo 54-1 de la Ley 19.968, se resuelve: No dar curso a la tramitación de la demanda. Sin perjuicio de efectuar la acción por cuerda separada en su oportunidad y ante el juzgado de familia que...
Fallo
se resuelve: No dar curso a la tramitación de la demanda. Sin perjuicio de efectuar la acción por cuerda separada en su oportunidad y ante el juzgado de familia que...
Texto Completo (Preview)
Valparaíso, a veinticinco de agosto de dos mil veintidós. A lo principal: Téngase presente el domicilio de la demandada informado por la parte demandante. Al otrosí: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes, en especial el domicilio actual de la parte demandada de autos no corresponde al territorio jurisdiccional de este Tribunal, en consecuencia
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