MP C/ LINDA ORIANA SANHUEZA LAURIN
Rol
O-291-2021
Fecha
14 de febrero de 2022
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación fiscal fueron los siguientes: “El Ministerio Público en conjunto con personal la Brigada Antinarcóticos y Crimen Organizado de la Policía de Investigaciones de Chile (BRIANCO Rancagua) efectuó una investigación por delitos tráfico de pequeñas cantidades de drogas en calle Aurora de esta ciudad, sector conocido por la existencia de numerosos inmuebles en que personas se dedican a este tipo de actividades ilícitas, solicitando al Tribunal de Garantía una orden de entrada y registro a diversos domicilios, entre los cuales se encuentra el de Aurora 1062, Rancagua, la que fue otorgada y se ejecutó por parte de la Policía de Investigaciones el día 22 de diciembre de 2020, Alvaro Jose Lezama Orellana Juez Integrante Fecha: 14/02/2022 16:45:14 NFNXYCBHYZ David Eduardo Gomez Palma Juez Redactor Fecha: 14/02/2022 19:03:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 aproximadamente a las 12.25 horas, hallando el personal policial en el interior de la vivienda a la imputada LINDA ORIANA SANHUEZA LAURIN quien tenía, poseía y guardaba las siguientes especies: a. En el living comedor, 3 bolsas de nylon transparentes contenedoras de 316 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de una sustancia en polvo, color beige, correspondiente a pasta base de cocaína con un peso de 115,3 gramos; b. en el comedor, 3 platos de porcelana contenedores de una sustancia en polvo, color beige, correspondiente a pasta base de cocaína con un peso de 151,2 gramos, 21,8 gramos y 8,7 gramos, respectivamente, a suma de $29.750.- en dinero en efectivo, 30 cartuchos calibre 12 mm. marca Saga, color blanco y 1 cartuc
Fundamentos
considerando anterior, apreciada libremente la prueba según lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, el Tribunal llega a la convicción, tal como se adelantó en el veredicto, que es posible dar por acreditado que personal de la Brigada Antinarcóticos y Crimen Organizado de la Policía de Investigaciones de Chile Alvaro Jose Lezama Orellana Juez Integrante Fecha: 14/02/2022 16:45:15 NFNXYCBHYZ David Eduardo Gomez Palma Juez Redactor Fecha: 14/02/2022 19:03:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 38 (BRIANCO Rancagua) efectuó una investigación por delitos tráfico de pequeñas cantidades de drogas en calle Aurora de esta ciudad, sector conocido por la existencia de numerosos inmuebles en que personas se dedican a este tipo de actividades ilícitas, solicitando al Tribunal de Garantía una orden de entrada y registro a diversos domicilios, entre los cuales se encuentra el de Aurora 1062, Rancagua, la que fue otorgada y se ejecutó por parte de la Policía de Investigaciones a las 12:30 horas del día 22 de diciembre de 2020, hallando el personal policial en el interior de la vivienda a Linda Oriana Sanhueza Laurin quien tenía, poseía y guardaba en ese lugar las siguientes especies: a) En el living comedor, tres bolsas de nylon transparentes contenedoras de 316 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de una sustancia en polvo, color beige, correspondiente a pasta base de cocaína en un 30% con un peso de 115,3 gramos; b) En el comedor, tres platos de porcelana contenedores de una sustancia en polvo, color beige, correspondiente a pasta base de cocaína en un 45%, 50%, y 43%, respectivamente, con un peso de 151,2 gramos, 21,8 gramos y 8,7 gramos, respectivamente, dinero en efectivo por $29.750, 30 cartuchos calibre 12 mm. marca Saga, color blanco y 1 cartucho calibre 12 mm. Color rojo, todos sin percutar; c) En una pieza ubicada a un costado nororiente de la vivienda, en la parte inferior de un mueble tipo cómoda 1 plato de porcelana contenedora de una sustancia en polvo, color beige, correspondiente a pasta base de cocaína en un 16% con un peso de 125,4 gramos; a un costado de dicho mueble una bolsa de nylon transparente contenedora de 240 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de una sustancia en polvo, color beige, Alvaro Jose Lezama Orellana Juez Integrante Fecha: 14/02/2022 16:45:15 NFNXYCBHYZ David Eduardo Gomez Palma Juez Redactor Fecha: 14/02/2022 19:03:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDAD
Fallo
se resuelve: I.- Que se absuelve, sin costas, a Linda Oriana Sanhueza Laurín, ya individualizada, de la acusación formulada en su contra por el Ministerio Público de ser autora de un delito de tenencia ilegal de municiones supuestamente cometido el día 22 de diciembre de 2020 en la comuna de Rancagua. Alvaro Jose Lezama Orellana Juez Integrante Fecha: 14/02/2022 16:45:15 NFNXYCBHYZ David Eduardo Gomez Palma Juez Redactor Fecha: 14/02/2022 19:03:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 51 II.- Que se condena a Linda Oriana Sanhueza Laurín, a sufrir la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 20 unidades tributarias mensuales, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autora de un delito de tráfico ilícito de drogas estupefacientes o psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3º en relación con el 1º, ambos de la Ley N° 20.000, cometido en grado de consumado el día 22 de diciembre de 2020, en la comuna de Rancagua. III.- Que no siendo proce
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1 291-2021 Rancagua, catorce de febrero de dos mil veintidós. Vistos, oídos, y considerando. PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por el Juez Presidente don Oscar Alfredo Castro Allendes, y por los magistrados don Álvaro José Lezama Orellana, y don David Eduardo Gómez Palma, se lle
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