C/ CRISTHIAN ROLANDO RONDÓN VALDÉS
Rol
O-384-2021
Fecha
12 de febrero de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos constituían el delito consumado de microtráfico ilícito de estupefacientes previsto y sancionado en el artículo 4º en relación al artículo 1º de la Ley Nº 20.000 y le atribuyó al acusado el carácter de autor del mismo, de conformidad con el artículo 15 Nro. 1 del Código Penal. Agregó, en su acusación que no le perjudicaban agravantes ni le beneficiaban atenuantes, solicitando en consecuencia se le aplicara una condena cinco (5) años de presidio menor en su grado máximo, multa de cuarenta (40) unidades tributarias mensuales, comiso, accesorias legales, más las costas de la causa, según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. En sus alegaciones de apertura la Fiscal refirió que estaría en condiciones de pedir un veredicto condenatorio en contra del acusado, pues con parte de la prueba de cargo lograría acreditar los hechos y su participación, en concreto con un funcionario de OS-7 que dará cuenta de lo que los consumidores fiscalizados reconocieron al declarar, esto es que la droga que ellos mantenían (un papelillo con cocaína cada uno), se la habían comprado a un sujeto que resultó ser Christian Rondón, a quien se le encontraron papelillos de las mismas características, así con la prueba testimonial y el resto consistente en prueba documental y pericial, analizada en su conjunto, le permitirían en su oportunidad pedir un veredicto de condena. TERCERO: Que, la defensa del acusado pidió en su alegato de Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Presidente Fecha: 14/02/2022 15:20:39 Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Redactor Fecha: 14/02/2022 16:16:24 YESXYDSHED Elsa Maria Castro Lillo Juez Integrante Fecha: 15/02/2022 09:23:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha ocho del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por la Juez Patricia Alvarado Padilla -quien presidió la audiencia- junto a las magistradas Elsa Castro Lillo y Claudia Lewin Arroyo, las primera y tercera jueces titulares y la segunda designada juez suplente del tribunal, se llevó a efecto de manera remota y por video conferencia utilizando la plataforma Zoom, la audiencia del juicio oral de la causa rol único Nro. 1900800094-0, rol interno del tribunal Nro. 384-2021, seguida por el delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de estupefacientes, en contra de CRISTHIAN ROLANDO RONDÓN VALDÉS, chileno, cédula nacional de identidad Nº 15.011.127-7, nacido en la ciudad de Tocopilla el día 6 de abril de 1982, casado y separado de hecho, maestro primera enfierrador, domiciliado en calle Montevideo N° 157, sector centro norte de Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto Paola Acevedo Vera. En tanto, que el imputado fue representado por la abogado de la Defensoría Penal Licitada Margarita Angulo Huerta, ambas intervinientes con domicilios en esta ciudad, conocidos del tribunal al igual que sus correos electrónicos registrados para efectos de notificación. Que como se dijo, la audiencia de juicio se celebró a través de modalidad telemática, mediante la plataforma “Zoom” y al inicio de su realización se informó a la defensa y al acusado acerca de la existencia de una sala virtual anexa, a efectos de salvaguardar la comunicación directa y privada entre ambos. Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Presidente Fecha: 14/02/2022 15:20:39 Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Redactor Fecha: 14/02/2022 16:16:24 YESXYDSHED Elsa Maria Castro Lillo Juez Integrante Fecha: 15/02/2022 09:23:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Además, durante el desarrollo del juicio se llevó a efecto el interrogatorio y contra examen del testigo en forma fluida, sin dificultades técnicas relevantes que hubieran podido afectar la inmediación. Lo mismo aconteció con la incorporación de la restante prueba. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público al deducir acusación en contra del acusado, según se lee en el auto de apertura del juicio oral dictado por el Juzgado de Garantía de esta ciudad con fecha 20 de octubre de 2021, la fundó en la siguiente relación de hechos, conforme textualmente se transcribe: “El día 26 de julio de 2019 aproximadamente a las 16:45 hrs. en circunstancias que personal de Carabineros efectuaba un patrullaje por calle Montevideo, Antofagasta, al lleg
Fallo
por tanto, además de producir dependencia física o psíquica, es capaz de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud, conclusión pericial que, de ser cuestionada o contradicha debió contrastarse con prueba en contrario, lo que en este caso no ocurrió, resultando útil señalar además que la norma del artículo 43 inciso 2° de la Ley 20.000 que instruye acerca de la conservación de la muestra para los efectos que cualquiera de los intervinientes solicite nuevos análisis, no viene sino a ser la posibilidad cierta que ostentaba la defensa, para cuestionar la supuesta no lesividad de la droga mantenida por el acusado, en el evento que su pureza fuera cero –lo que es lógicamente imposible, pues por algo se detectó la presencia de cocaína- o de algún rango superior que le permitiera sostener que no era dañosa, para lo cual en todo caso debería haber hecho comparecer a algún perito que se explayara acerca de ese tópico, puesto que el Instituto de Salud Pública postula que con cualquier pureza la droga causa daños para la salud y en este caso la concentración era superior a Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Presidente Fecha: 14/02/2022 15:20:39 Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Redactor Fecha: 14/02/2022 16:16:24 YESXYDSHED Elsa Maria Castro Lillo Juez Integrante Fecha: 15/02/2022 09:23:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la ho
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1 Antofagasta, doce de febrero de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha ocho del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por la Juez Patricia Alvarado Padilla -quien presidió la audiencia- junto a las magistradas Elsa Castro Lillo y Claudia Lewin Arroyo, las primera y tercera jueces titulares y la seg
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