Juzgado de Letras y Garantía de Caldera.

M.P. C/ BRIAN ALEJANDRO AGUILAR BOBADILLA

Rol

O-236-2020

Fecha

11 de febrero de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 20 de febrero de 2020, funcionarios de la sección OS7 de Carabineros, con asiento en la ciudad de Copiapó, informaron a la fiscal de turno en Caldera que en la ciudad de Caldera se cometían delitos sancionados por la Ley 20.000 utilizando una aplicación móvil llamada “GRINDR” para contactar a vendedores y compradores de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Por ello, se dio orden de investigar y se designó agentes reveladores, conforme al artículo 25 de la mentada ley. En cumplimiento de tal cometido, el 21 de febrero de 2020, cerca de las 16:00 horas el funcionario de Carabineros designado contactó a través de la aplicación “GRINDR” a un usuario, que luego resulto ser Brian Alejandro Aguilar Bobadilla, con quien acordó la venta de cannabis sativa en el argot de este medio comisivo. Así, el agente revelador y el imputado Brian Alejandro Aguilar Bobadilla se reunieron aquél día cerca de la intersección de las calles Neptuno y Freirina, en el balneario de Bahía Inglesa, de la comuna de Caldera, a las 17:30 horas, ocasión en la que el imputado Aguilar Bobadilla entregó al agente revelador cuatro envoltorios con cannabis sativa, con un peso bruto de 2,9 gramos, por los cuales recibió del agente la suma de $20.000 pesos. Por causa de ello, el imputado Aguilar Bobadilla fue detenido, por lo que al ser registrado se encontró en su poder seis envoltorios con cannabis sativa, con un peso bruto de 9 gramos y un envoltorio con clorhidrato de cocaína, con un peso bruto de 0,9 gramos. Luego de ello, el imputado Aguilar Bobadilla aceptó la práctica de una entrada y registro en su domicilio, ubicado en calle Loreto N°1144, de la comuna de Caldera, donde Carabineros encontró una bolsa con clorhidrato de cocaína, con un peso bruto de 2,4 gramos. Asimismo, encontró una balanza digital, destinada a la división de la sustancia ilícita. La droga incautada fue entregada al Servicio de Salud Atacama, que comprobó por medio de un protocolo de análisis químico que la susta

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a BRIAN ALEJANDRO AGUILAR BOBADILLA, R.U.N. 17.302.643-9, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de JXXPYCQFXQ Eden Salvador Briceño Guevara Juez de garantía Fecha: 13/02/2022 11:38:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl la condena, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a la toma de muestra para la INCORPORACIÓN DE LA HUELLA GENÉTICA, y a la pena de COMISO del dinero incautado; por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico de sustancias estupefacientes o psicotrópicas en pequeñas cantidades, en la hipótesis de posesión, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° inciso primero de la Ley 20.000, ilícito que se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido en la comuna de Caldera el día 21 de febrero de 2020. II. Que respecto al pago de la multa impuesta, aquella se tendrá por cumplida atendido el tiempo que el sentenciado permaneció pr

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA Caldera, once de febrero de dos mil veintidós. TRIBUNAL Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADO EDEN SALVADOR BRICEÑO GUEVARA RUC 2000199213-K RIT 236 - 2020 IMPUTADO BRIAN ALEJANDRO AGUILAR BOBADILLA R.U.N. 17.302.643-9 FECHA DE NACIMIENTO 26-12-1989 DIRECCIÓN Pasaje Loreto N°1144 COMUNA Caldera DELITO Tráfico de sustancias estup

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