Juzgado de Garantía de La Calera.

MINISTERIO PUBLICO C/ JOSÉ EDUARDO VÁSQUEZ REBOLLEDO

Rol

O-2359-2019

Fecha

10 de febrero de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Que, el día 21 de Octubre de 2019, aproximadamente a las 15:40 horas de la tarde, 5 individuos desconocidos que actuaron a rostro cubierto, ingresan al interior del Local denominado “Upita”, ubicado en Ruta 5 Norte, kilómetro 118, en El Melón, Comuna de Nogales, y ya dentro de este proceden a intimidar con armamento presumiblemente de fuego a los dependientes de tal local, para luego registrar el mismo y sus traer desde su interior dinero en efectivo y un juego de llaves de caja fuerte, especies avaluadas en total en la suma de $ 580.000, dinero y especies con las cuales huyen los imputados del lugar, junto a un sexto sujeto que los esperaba al interior de un furgón marca “Citroën”, modelo “Berlingo” color blanco, en el cual huyen del lugar en dirección al Sur, con las especies sustraídas en su poder. A raíz de lo anterior la victima LEANDRO ESTEBAN POLANCO ALEGRIA denuncia el hecho a personal de Carabineros y aporta las características del vehículo en que habían huido los asaltantes y la dirección en que este había huido, quienes el mismo día, aproximadamente a las 16:00 horas, ubican el vehículo marca Citroën en el cual habían huido del lugar los denunciados, iniciándose una persecución a alta velocidad del mismo por la Ruta 5 Norte y luego por la Ruta 60 CH, para posteriormente ingresar por calle La Feria de La Calera, lugar en el cual dicho vehículo es interceptado por personal de YJXLYCXERP Rene Alejandro Subiabre Perez Juez de garantía Fecha: 12/02/2022 10:44:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Carabineros, descendiendo del referido vehículo 4 sujetos encapuchados que logran huir del p

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a JOSÉ EDUARDO VÁSQUEZ REBOLLEDO, Cédula Identidad 0019214059-5, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, a una multa de una Unidad Tributaria Mensual y accesoria general de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su responsabilidad como autor de un delito consumado de receptación de especies, cometido el 21 de octubre de 2019, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en perjuicio de LEANDRO ESTEBAN POLANCO ALEGRIA. II.- Que, la pena corporal deberá ser cumplida de forma efectiva, la cual deberá cumplir el sentenciado inmediatamente a continuación de la que actualmente está cumpliendo. III.- Que, se deja constancia que no hay abonos a considerar para el cumplimiento de la pena principal. IV.- Que, la pena de multa se tiene por cumplida con cargo a los tres días que el imputado estuvo privado de libertad en esta causa. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por haber admitido responsabilidad, renunciando a un juicio, evitando los gastos ocasionados con ello. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. YJXLYCXERP Rene Alejandro Subiabre Perez Juez de garantía Fecha: 12/02/2022 10:44:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 20

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, 10 de febrero de 2022.- Hechos: Que, el día 21 de Octubre de 2019, aproximadamente a las 15:40 horas de la tarde, 5 individuos desconocidos que actuaron a rostro cubierto, ingresan al interior del Local denominado “Upita”, ubicado en Ruta 5 Norte, kilómetro 118, en El Melón, Comuna de Nogales, y ya dentro de este proceden a intimidar con armamento

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica