Juzgado de Garantía de Los Angeles.

FELIPE ANDRES RODRIGUEZ BENAVIDES C/ JORGE LEONARDO PEZOA RODRÍGUEZ

Rol

O-1436-2019

Fecha

11 de febrero de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15, 43, 67, y siguientes del Código Penal; artículos 110 y 196 inciso 1° de la Ley de Tránsito; y artículos pertinentes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a JORGE LEONARDO PEZOA RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° 0009076395-4, como autor del delito de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, en grado de consumad, previsto y sancionado en el artículo 110 y 196 N° 1 de la Ley de Tránsito, cometido el día 15 de noviembre de 2018 a la 01:00 horas, en esta ciudad, a la pena de cuarenta y WETQYCQFCT Leonardo Andres LLanos Lagos Juez de garantía Fecha: 14/02/2022 09:25:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl un días de prisión en grado máximo, accesorias legas de suspensión cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, y suspensión de la licencia de conducir por dos años con doce días de abono. II. Que concurriendo a su respecto los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal por la pena sustitutiva de remisión condicional, debiendo quedar sujeto a la vigilancia del CRS por el periodo de un año, por cada una de las penas a las cuales fue condenado, en este caso CRS de Los Ángeles, al cual deberá presentarse hasta el último día hábil del mes de febrero del presente año. V. En cuanto a la pena pecuniaria, de un tercio de U.T.M., se le otorga plazo hasta el día 11 de marzo de 2022, para el pago de aquella, teniendo presente que el no pago de la misma, dará lugar a la sustitución de pena por vía de a

Fallo

se declara: I. Que se condena a JORGE LEONARDO PEZOA RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° 0009076395-4, como autor del delito de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, en grado de consumad, previsto y sancionado en el artículo 110 y 196 N° 1 de la Ley de Tránsito, cometido el día 15 de noviembre de 2018 a la 01:00 horas, en esta ciudad, a la pena de cuarenta y WETQYCQFCT Leonardo Andres LLanos Lagos Juez de garantía Fecha: 14/02/2022 09:25:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl un días de prisión en grado máximo, accesorias legas de suspensión cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, y suspensión de la licencia de conducir por dos años con doce días de abono. II. Que concurriendo a su respecto los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal por la pena sustitutiva de remisión condicional, debiendo quedar sujeto a la vigilancia del CRS por el periodo de un año, por cada una de las penas a las cuales fue condenado, en este caso CRS de Los Ángeles, al cual deberá presentarse hasta el

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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Los Angeles., once de febrero de dos mil veintidós Magistrado LEONARDO ANDRÉS LLANOS LAGOS Fiscal RODRIGO DURAN FUICA Defensor particular Omar Aguilera Canales Hora inicio 10:31AM Hora termino 10:44AM Sala Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Los Angeles. Acta giac RUC 1800914232-7 RIT 1436 – 2019 Registro de audio Actuaciones

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