MINISTERIO PUBLICO C/ VICTORIA ESCARLY MACHUCA AYCA
Rol
O-355-2021
Fecha
11 de febrero de 2022
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación, que fueron conocidos en la audiencia de juicio oral, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 01 de octubre del año 2020, la acusada Victoria Machuca Ayca recibió un mensaje a través de la red social grindr, en el que se acordó por parte de la imputada la entrega de sustancia ilícita a una persona que se identificó en dicha red como Cristóbal, correspondía a un funcionario de la PDI de Quilpué, debidamente autorizado por el Ministerio Público para trabajar como agente revelador en la presente causa, contactándose y dando cuenta que alrededor de las 15:49 horas se reunió con el referido agente revelador en el sector de La Escala ubicada en calle Simonetti de la ciudad de Quilpué, haciendo entrega la acusada al agente revelador de una bolsa de nylon transparente en cuyo interior mantenía y le vendió al agente revelador por la cantidad de $6,000.- 0,9 gramos de cannabis sativa, que sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva para THC, entregando el agente revelador debidamente autorizado un billete de $5.000 serie BB40685928 y otro de $1,000 a la imputada serie BH65526805 con el que efectuó la compra de la droga vendida por la imputada. La acusada además mantenía en su poder, en el interior de su brasier una bolsa de nylon transparente que contenía en su interior 07 bolsas de nylon transparente que mantenían 6,8 gramos de cannabis sativa, arrojando a la prueba de campo coloración positiva para THC, esta fue entregada por la imputada al momento de ser detenida a las 16:05 horas del día 01 de octubre del año 2020. Además, la acusada mantenía, portaba y guardaba consigo en un bolso color blanco tipo mochila un nylon blanco el cual mantenía VKNXYCSSXX Rocio del Pilar Oscariz Collarte Juez oral en lo penal Fecha: 11/02/2022 11:31:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la ho
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día cuatro de febrero del año en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por la Jueza Presidenta de Sala Andrea Santander Guerra y por las Magistradas Claudia Parra Villalobos y Rocío Oscariz Collarte, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral RUC 2001006166-1, RIT 355-2021, seguido en contra de VICTORIA ESCARLY MACHUCA AYCA, Cédula de Identidad N° 20.302.519-K, estudiante técnico en administración, soltera, nacida el 07 de junio del 2000 en San Felipe, 21 años, domiciliada Puerto Rico N° 8106, casa B, Lo Prado, Santiago. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de Quilpué representado por su fiscal Daniela Quevedo Henríquez, en tanto que la defensa fue asumida por la abogada de la Defensoría Penal Pública Nicole Rojas Labra, ambas con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación, que fueron conocidos en la audiencia de juicio oral, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 01 de octubre del año 2020, la acusada Victoria Machuca Ayca recibió un mensaje a través de la red social grindr, en el que se acordó por parte de la imputada la entrega de sustancia ilícita a una persona que se identificó en dicha red como Cristóbal, correspondía a un funcionario de la PDI de Quilpué, debidamente autorizado por el Ministerio Público para trabajar como agente revelador en la presente causa, contactándose y dando cuenta que alrededor de las 15:49 horas se reunió con el referido agente revelador en el sector de La Escala ubicada en calle Simonetti de la ciudad de Quilpué, haciendo entrega la acusada al agente revelador de una bolsa de nylon transparente en cuyo interior mantenía y le vendió al agente revelador por la cantidad de $6,000.- 0,9 gramos de cannabis sativa, que sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva para THC, entregando el agente revelador debidamente autorizado un billete de $5.000 serie BB40685928 y otro de $1,000 a la imputada serie BH65526805 con el que efectuó la compra de la droga vendida por la imputada. La acusada además mantenía en su poder, en el interior de su brasier una bolsa de nylon transparente que contenía en su interior 07 bolsas de nylon transparente que mantenían 6,8 gramos de cannabis sativa, arrojando a la prueba de campo coloración positiva para THC, esta fue entregada por la imputada al momento de ser detenida a las 16:05 horas del día 01 de octubre del año 2020. Además, la acusada mantenía, portaba y guardaba consigo en un bolso color blanco tipo mochila un nylon blanco el cual mantenía VKNXYCSSXX Rocio del Pilar Oscariz Collarte Juez oral en lo penal Fecha: 11/02/2022 11:31:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P
Fallo
por tanto desconoce si la acusada era la propietaria del domicilio de La Mark N° 0379 de Quilpué. Participó presencialmente en el procedimiento hasta su participación como agente revelador y confeccionó el parte policial, no obstante que estuvo presente cundo se trajeron las demás evidencias. Le informaron que en la casa no había moradores y que la caja estaba en una habitación distinta a la de la imputada. B) PERICIAL: 1.- GISELA VARGAS PÉREZ, perito químico, del Sub departamento de Sustancias ilícitas del Instituto de Salud Pública, quien realizó los análisis, observaciones y conclusiones contenidas en el Protocolo de Análisis Químico, Código de Muestra Nº 14410-2020-M1-1; y del Informe de efectos y peligrosidad para la salud pública de Clonazepam, mediante informe escrito en conformidad a lo establecido en el artículo 315 inciso 2° del Código Procesal Penal. 2.- PEDRO RIFO CUADRA, perito químico farmaceútico, del Unidad de Decomisos del Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota, quien realizó los análisis, observaciones y conclusiones contenidas en el Informe de estupefacientes N°1042 de fecha 02 de diciembre de 2020 y sobre el Informe de efectos y peligrosidad para la salud pública de la Cannabis Sativa y sobre el informe Técnico sobre la imposibilidad de establecer la pureza en este tipo de sustancias. C) DOCUMENTAL. 1.- Acta de recepción Detallada N° 1319, de fecha 05 de octubre de 2020, emitida por el Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota. 2.- Oficio N° 1826, de
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Página 1 de 20 Viña del Mar, once de febrero de dos mil veintidós. VISTO, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día cuatro de febrero del año en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por la Jueza Presidenta de Sala Andrea Santander Guerra y por las Magistradas Claudia Parra Villalobos y Rocío Oscariz Collarte, se llevó a efecto la audiencia de juic
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