7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ VÍCTOR ANDRE GONZÁLEZ LÓPEZ

Rol

O-17692-2020

Fecha

10 de febrero de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 21 de septiembre de 2020, cerca de las 04:30 horas de la madrugada, los imputados CRISTOPHER ALEJANDRO MOYA RAMÍREZ y VÍCTOR ANDRE GONZÁLEZ LÓPEZ, previamente concertados, solicitaron los servicios de la víctima Nice Virginia Cabrera Osorio, quien se desempeña como scort, concurriendo hasta el inmueble ubicado en calle San Diego N° 1344, depto. 908, comuna de Santiago, y al interior del departamento N°980, una vez que cancelan el servicio en forma previa la suma de $70.000 pesos por los dos, dinero que la víctima dejó en su cartera, donde además tenía más dinero en efectivo, cerca de $60.000, dirigiéndose hasta el dormitorio con los dos imputados, cerraron la puerta y apagaron la luz, momento que el imputado GONZALEZ LOPEZ aprovecha para tomar la cartera de la víctima para sacar el dinero que mantenía allí la víctima, logrando tomar su cartera. La víctima verifica que faltaba su monedero con $130.000, carne de identidad y la tarjeta de la cuenta rut y también el teléfono celular marca Samsung S1, solicitándoles a los imputados que devolvieran las cosas, en lo cual el imputado GONZALEZ LOPEZ se dirige a la puerta de la pieza la abre y saca del bolsillo del pantalón un cuchillo como cortaplumas, de metal obligando a la víctima a salir del departamento, manifestándole a la víctima textualmente que se fuera porque iba a ir a buscar la QNFHYCTMBL PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI Juez de garantía Fecha: 11/02/2022 13:52:42 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl _____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 2975757

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTOPHER ALEJANDRO MOYA RAMÍREZ y VÍCTOR ANDRE GONZÁLEZ LÓPEZ, ya individualizados, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión para cargos públicos por el tiempo que dure la condena, multa de un tercio de UTM, cada uno, por su responsabilidad como AUTORES del delito de hurto simple previsto en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 21 de septiembre de 2020, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que se condena a CRISTOPHER ALEJANDRO MOYA RAMÍREZ y VÍCTOR ANDRE GONZÁLEZ LÓPEZ, ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesorias de suspensión para cargos públicos por el tiempo que dure la condena, cada uno, por su responsabilidad como AUTORES del delito de amenazas, previsto en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 21 de septiembre de 2020, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. III.- Que tanto las penas corporales como la pena de multa, se tienen por cumplidas con el tiempo que los sentenciados permanecieron privados de libertad por esta causa. IV.- Que se exime a los sentenciados del pago de las costas. V.- Que se decreta el comiso del cuchillo incautado. VI.- Una vez ejecutoriada la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes no

Texto Completo (Preview)

_____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago., diez de febrero de dos mil veintidós TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI RUC: 2000958471-5 RIT: 17692 - 2020 IMPUTADO: VÍCTOR ANDRE GONZÁLEZ LÓPEZ C.I. 0021044

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