2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MANRÍQUEZ/SERVER MARKETING Y PUBLICIDAD LTDA.

Rol

O-5152-2020

Fecha

25 de mayo de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido indirecto, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

vistos los artículos 1,3, 7, 63, 67, 73, 162, 163, 171, 172, 183 letra a, 420, 446 y siguientes, 456, 457, 459 todos del código del trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se acoge la acción despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por don RENÉ EDUARDO MANRÍQUEZ PARRA, en contra de la empresa SERVER INGENIERIA Y SERVICIOS LIMITADA, RUT: 76.161.358-8 y por tanto se declara que la relación laboral entre las partes termino el 13 de agosto de 2020, por haber incurrido el empleador en incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato en los términos del artículo 160 número 7 del código del trabajo en relación al artículo 171 del mismo cuerpo legal. II. Se condena a la empresa demandada SERVER INGENIERIA Y SERVICIOS LIMITADA a pagar al demandante RENÉ EDUARDO MANRÍQUEZ PARRA: 1) Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $764.205.- 2) Indemnización por años de servicios correspondiente a $7.642.050.- 3) Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios correspondiente a $3.821.025.- 4) Feriados correspondientes a $1.054.962.- 5) Remuneraciones adeudadas por los meses de junio, julio y agosto de 2020 correspondientes a $1.859.565.- III. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según lo disponen los artículos 63 y 173 del código del trabajo cuando corresponda. IV. Se acoge la acción de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales y por lo tanto se condena a la empresa demandada SERVER INGENIERIA Y SERVICIOS LIMITADA a pagar al demandante RENÉ EDUARDO MANRÍQUEZ PARRA, remuneraciones a razón de $764.205.- desde el despido ocurrido el 13 de agosto de 2020 y hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales adeudadas. Para estos efectos se tendrá como cotizaciones previsionales adeudadas las correspondientes a AFP, a Salud y a AFC, de los meses de octubre 2017; marzo, abril, agosto, septiembre, octubre, noviembre y

Fallo

se resuelve: I. Se acoge la acción despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por don RENÉ EDUARDO MANRÍQUEZ PARRA, en contra de la empresa SERVER INGENIERIA Y SERVICIOS LIMITADA, RUT: 76.161.358-8 y por tanto se declara que la relación laboral entre las partes termino el 13 de agosto de 2020, por haber incurrido el empleador en incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato en los términos del artículo 160 número 7 del código del trabajo en relación al artículo 171 del mismo cuerpo legal. II. Se condena a la empresa demandada SERVER INGENIERIA Y SERVICIOS LIMITADA a pagar al demandante RENÉ EDUARDO MANRÍQUEZ PARRA: 1) Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $764.205.- 2) Indemnización por años de servicios correspondiente a $7.642.050.- 3) Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios correspondiente a $3.821.025.- 4) Feriados correspondientes a $1.054.962.- 5) Remuneraciones adeudadas por los meses de junio, julio y agosto de 2020 correspondientes a $1.859.565.- III. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según lo disponen los artículos 63 y 173 del código del trabajo cuando corresponda. IV. Se acoge la acción de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales y por lo tanto se condena a la empresa demandada SERVER INGENIERIA Y SERVICIOS LIMITADA a pagar al demandante RENÉ EDUARDO MANRÍQUEZ PARRA, remuneraciones a razón de $764.20

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25 DE MAYO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 12 RUC 20-4-0288272-8 RIT O-5152-2020 MAGISTRADO VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIGUEL QUINTANILLA CASTAÑEDA HORA DE INICIO 13.33 HORAS HORA DE TERMINO 14.25 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2040288272-8-1349-210525-01

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica