1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VARGAS SERVICIOS DE NEGOCIOS MINEROS SP

Rol

O-4499-2019

Fecha

28 de mayo de 2021

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Recargos, Subterfugio

Resultado

No especificado

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Hechos

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25 de mayo de 2021 RUC 19- 4-0199823-6 RIT O-4499-2019 CARATULADO Vergas/Servicios De Negocios Mineros Spa MAGISTRADO Mauricio Pontino Cortés ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Fuentes Yessi HORA DE INICIO 10:12 HORA DE TERMINO 10:42 SALA 12 virtual (5.1) Nº REGISTRO DE AUDIO 1940199823-6-1348 PARTE DEMANDANTE Orlando Genaro Vergas Henriquez Rut N° 11.391.264-2 ABOGADO DEMANDANTE Edgardo Umanzor Riveros FORMA DE NOTIFICACION Consta en autos PARTE DEMANDADA NO COMPARECE Servicios De Negocios Mineros Spa Rut N° 76.427.915-8 Alex Enrique Contreras Hernández REPRESENTANTE LEGAL Alex Contreras Hernandez ACTUACIONES EFECTUADAS: · INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X Desistimiento: La parte demandante se desiste de la acción de subterfugio y de nulidad del despido. Se confiere traslado a las demandadas, el que se tuvo por evacuado en rebeldía, por lo que el tribunal tuvo por desistido al actor de las acciones de subterfugio y de nulidad del despido. MEDIOS DE PRUEBA: PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADANTE: Documental: 1.- Acta de comparendo de conciliación de fecha 12 de junio de 2019 2. Contrato de trabajo de fecha 29 de mayo de 2016 3. Declaración de jurada de licencia médica 09 de abril de 2019 4. Licencia médica 1-39167424 El tribunal tuvo por incorporada la prueba documental. Confesional: La parte demandante solicitó la absolución de posiciones de don ALEX ENRIQUE CONTRERAS HERNÁNDEZ Rut 8.965.592-7 por sí y en representación de SERVICIOS DE NEGOCIOS MINEROS SPA. quien encontrándose válidamente citado no compareció a la audiencia de juicio sin causa justificada. La demandante solicitó se hiciera efectivo el apercibimiento contemplado en el artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo, lo cual el Tribunal dejó su resolución pa

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Demanda. Que, compareció don ORLANDO GENARO VARGAS HENRIQUEZ Rut 11.391.264-2, empleado, debidamente representado por el abogado Matías Novoa Carbone, ambos domiciliados en Morande N° 835, oficina 1410, Ñuñoa, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, y declaración de unidad económica en contra de SERVICIOS DE NEGOCIOS MINEROS SPA. Rut 76.427.915-8, del giro de su denominación, representada por don Alex Enrique Contreras Hernández, y en contra de ALEX ENRIQUE CONTRERAS HERNÁNDEZ Rut 8.965.592-7, todos domiciliados en Diego de Almagro N° 2083, Departamento 33, Providencia, sobre la base de los siguientes antecedentes:

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 45, 58, 63, 162, 168, 169, 172, 173, 425, 427, 428, 454 N° 3, 458, 459 y 462 del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda de declaración de un solo empleador interpuesta por don ORLANDO GENARO VARGAS HENRIQUEZ Rut 11.391.264-2 en contra de SERVICIOS DE NEGOCIOS MINEROS SPA. Rut 76.427.915-8 y de ALEX ENRIQUE CONTRERAS HERNÁNDEZ Rut 8.965.592-7 por lo que en consecuencia se resuelve lo siguiente: a) Que los demandados SERVICIOS DE NEGOCIOS MINEROS SPA. Rut 76.427.915-8 y ALEX ENRIQUE CONTRERAS HERNÁNDEZ Rut 8.965.592-7 constituyen un solo empleador para efectos laborales y previsionales. b) Que los demandados SERVICIOS DE NEGOCIOS MINEROS SPA. Rut 76.427.915-8 y ALEX ENRIQUE CONTRERAS HERNÁNDEZ Rut 8.965.592-7 deberán responder solidariamente del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley, de los contratos individuales o de los instrumentos colectivos, y principalmente de las sumas que se ordene pagar por la presente sentencia. II.- Que, conforme a lo antes resuelto, se estima que los demandados no han incurrido en la situación de subterfugio a que alude el artículo 507 N° 3 del Código del Trabajo. III.- Que la presente sentencia se aplicará respecto de todos los trabajadores de las empresas demandadas SERVICIOS DE NEGOCIOS MINEROS SPA. Rut 76.427.915-8 y ALEX ENRIQUE CONTRERAS HERNÁNDEZ Rut 8.965.592-7 para efectos laborales y previsionales.

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25 de mayo de 2021 RUC 19- 4-0199823-6 RIT O-4499-2019 CARATULADO Vergas/Servicios De Negocios Mineros Spa MAGISTRADO Mauricio Pontino Cortés ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Fuentes Yessi HORA DE INICIO 10:12 HORA DE TERMINO 10:42 SALA 12 virtual (5.1) Nº REGISTRO DE AUDIO 1940199823-6-1348 PARTE DEMANDANTE Orlando Gen

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