C/ JAIME ANDRÉS VILCHES GUERRERO
Rol
O-165-2021
Fecha
8 de febrero de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos: Que, ante la sala del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Santiago, presidida por el Juez Claudio Henríquez Alarcón e integrada por las jueces Paulina Soledad Andrés Miranda e Irma Tapia Valdés, se llevó a efecto juicio oral en causa RIT 165-2021, en contra de Jaime Andrés Vilches Guerrero, cédula de identidad N°12.102.642-2, nacido en Santiago el 2 de abril de 1969, 52 años, soltero sin hijos, estudios de primero básico, no lee ni escribe, maestro en construcción, domiciliado en calle Karlovack Nº 1646, Población Yugoslavia, Comuna de Cerro Navia y Jorge Hernán Vilches Guerrero, cédula de identidad N°10.389.294-5, nacido en Melipilla el 22 de octubre de 1965, 56 años, soltero, 5 hijos, todos mayores de edad, maestro en construcción, estudios de 4° básico, domiciliado en Calle Karlovack Nº 1646 Población Yugoslavia, Comuna de Cerro Navia, representados todos judicialmente por la abogada Defensora Penal Pública Camila Valenzuela Larraín. Sostuvo la acusación el Fiscal del Ministerio Público Ulises Berríos Tapia, letrados todos con domicilio y forma de notificación, registrados en este Tribunal. Se deja constancia que el acusado Bryan Camilo Villagra Villarreal, cédula de identidad N°18.095.686-7, no comparece a audiencia de juicio estando válidamente notificado despachándose orden de detención. El juicio se realiza, dada la situación de emergencia sanitaria, bajo modalidad remota a través de la plataforma zoom, encontrándose los acusados en dependencias del Tribunal acompañados por su defensa letrada y el resto de los intervinientes, Jueces y Fiscal en sus despachos y/o domicilios, al igual que testigos y peritos. Respecto de todos los deponentes de este juicio, se han efectuado las respectivas corroboraciones de identidad a través de la Unidad LWPKYBPJVC PAULINA SOLEDAD ANDRES MIRANDA Juez oral en lo penal Fecha: 08/02/2022 15:52:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC
Fundamentos
considerando: Primero: La acusación. Los hechos de la acusación son los siguientes: “El día 18 de agosto de 2018, aproximadamente a las 02:35 horas de la madrugada, los acusados JAIME ANDRÉS VILCHES GUERRERO, JORGE HERNÁN VILCHES GUERRERO y BRYAN CAMILO VILLAGRA VILLARREAL, junto a otros dos sujetos identificados, previo concierto y con ánimo de sustraer especies, concurrieron hasta el exterior del domicilio particular ubicado en la intersección de calles Braga con Cercal de la comuna de Cerro Navia, donde la víctima TESTIGO RESERVADO mantenía estacionada la camioneta marca Sangyong, modelo actyon, Placa Patente Única BWBD-91, para luego abordar a la víctima quien se había subido al vehículo, procediendo el acusado Jaime Vilches Guerrero premunido de un arma blanca a propinar un corte en una de las ruedas traseras del vehículo, subiéndose los acusados a la parte trasera de la camioneta, intimidando a la víctima manifestándole textualmente: “Para la camioneta, bájate conchetumadre”, quien logró conducir la camioneta, estrellándose en un sector aledaño a la 45 Comisaría de carabineros de Cerro Navia, dándose los imputados a la fuga del lugar” Los hechos descritos, a juicio del Ministerio Público, son constitutivos del delito de Robo Con Intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° en relación con el 432 y 439, ambos del Código Penal, delito que se encuentra en grado de desarrollo frustrado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Código Penal. A los acusados les corresponde, estima, según lo dispuesto en el artículo 15 Nº1 del Código Penal, una participación en calidad de autor ejecutor toda vez que han tomado parte de manera inmediata y directa en la ejecución de los hechos. Se reconoce respecto de los acusados la circunstancia atenuante de responsabilidad penal prevista en el artículo 11 N°6 del Código Penal. LWPKYBPJVC PAULINA SOLEDAD ANDRES MIRANDA Juez oral en lo penal Fecha: 08/02/2022 15:52:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 A juicio del ente persecutor son aplicables al caso los preceptos legales de los Artículos 1, 3, 7, 11 N°6, 15 Nº1, 21, 24, 28, 29, 50, 68, 432, 436 inciso 1°, 439 y 449 todos del Código Penal y artículos 45, 259 y siguientes del Código Procesal Penal. Por lo anteriormente expuesto, el Ministerio Público solicita se imponga a los acusados la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado medio como autores del delito de Robo con Intimidación, accesorias del artículo 28 del Código Penal, el pago de las costas y el comiso de los instrumentos y efectos del delito. Segundo: Alegatos. Los alegatos de apertura del
Fallo
se acuerda del nombre del pasaje, no lo sabe, no sabe leer, iban cruzando Mapocho y le quedaban dos cuadras para llegar a su casa cuando lo detienen. En ese domicilio vive desde los 6 meses de vida, a duras penas se sabe el LWPKYBPJVC PAULINA SOLEDAD ANDRES MIRANDA Juez oral en lo penal Fecha: 08/02/2022 15:52:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 5 nombre del pasaje donde vive. Él no andaba con ningún arma ese día, su hermano andaba con una corta pluma chica de bolsillo, porque él trabaja en un almacén para cortar los sacos de comida de los perros para colocarlos en los pocillos. A las preguntas del Tribunal, señala que venía de regreso con las cosas en las manos cuando fue detenido a dos pasajes de su casa, no se acuerda del nombre del pasaje, no lo sabe, porque no sabe leer, los pararon en la calle principal en Mapocho con Karlovack a dos cuadras de su casa. 2.- Jorge Hernán Vilches Guerrero, señala que él trabaja en un almacén reponiendo mercadería y tenía un taller de bicicleta, llegó a su casa, llegó su hermano, le pide que vayan a comprar pan, cecinas, cerveza y cigarrillos. Venían de vuelta por Mapoch
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ JAIME ANDRÉS VILCHES GUERRERO Y JORGE HERNÁN VILCHES GUERRERO RUC: 1800802804-0 RIT: 165-2021 ROBO CON INTIMIDACIÓN Santiago, ocho de febrero de dos mil veintidós Vistos y oídos: Que, ante la sala del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Santiago, presidida por el Juez Claudio Henríquez Alarcón e integrada por las jueces Paulina Soledad Andrés Miranda
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