C/ JONATHAN ALEXIS MONCADA RAMÍREZ
Rol
O-766-2021
Fecha
7 de febrero de 2022
Materia
CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento Imputado admite responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento Alegaciones de la Defensa X Tribunal dicta sentencia en procedimiento simplificado X HECHOS REQUERIMIENTO ESCRITO: El día 01 de octubre del año 2020, alrededor de las 18:50 horas, en la Ruta 126, a la altura del km 171 de la localidad de Rafael de la comuna de Tomé, el requerido antes individualizado fue sorprendido por personal de Carabineros, en momentos que conducía el automóvil marca Kia, modelo soluto, año 2020, color blanco, placa patente LYYP-62, existiendo a su respecto la sanción vigente consistente en la pena accesoria de suspensión de su licencia de conducir por el término de dos años, en virtud de sentencia condenatoria de fecha 01 de agosto del año 2019, dictada en su contra por el Tribunal de Garantía de Concepción, en causa RUC 1900102626-k y RIT N° 5.175-2019 por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad. JUZGADO GARANTÍA DE TOMÉ C/ JONATHAN ALEXIS MONCADA RAMÍREZ Tomé, siete de febrero de dos mil veintidós. VISTO, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto, en los artículos 1°, 3°, 5°,11 N°9, 12 N°15, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 25, 30, 49, 67 y 70, todos ellos del Código Penal; artículos 110, 196, 183, 209 de la Ley 18.290, Ley de Tránsito; artículos 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 8 y demás pertinentes de la Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603, SE DECLARA: I. QUE SE CONDENA A JONATHAN ALEXIS MONCADA RAMÍREZ, cédula de identidad N°17.845.505-2, ya individualizado, como AUTOR de un delito de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO DURANTE LA VIGENCIA DE LA LICENCIA SUSPENDIDA, descrito y sancionado en el artículo 209 de la ley 18.290, Ley de Tránsito, en grado de ejecución CONSUMADO, cometido en esta comuna de XBGKYXHNXT Juan Esteban Muñoz Carrasco Juez de garantía Fecha: 07/02/2022 18:55:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto, en los artículos 1°, 3°, 5°,11 N°9, 12 N°15, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 25, 30, 49, 67 y 70, todos ellos del Código Penal; artículos 110, 196, 183, 209 de la Ley 18.290, Ley de Tránsito; artículos 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 8 y demás pertinentes de la Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603, SE DECLARA: I. QUE SE CONDENA A JONATHAN ALEXIS MONCADA RAMÍREZ, cédula de identidad N°17.845.505-2, ya individualizado, como AUTOR de un delito de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO DURANTE LA VIGENCIA DE LA LICENCIA SUSPENDIDA, descrito y sancionado en el artículo 209 de la ley 18.290, Ley de Tránsito, en grado de ejecución CONSUMADO, cometido en esta comuna de XBGKYXHNXT Juan Esteban Muñoz Carrasco Juez de garantía Fecha: 07/02/2022 18:55:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl RWFXYXJFQT Juan Esteban Muñoz Carrasco Juez de garantía Fecha: 07/02/2022 19:06:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la h
Texto Completo (Preview)
INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO (POR VIDEOCONFERENCIA) Fecha Tomé, siete de febrero de dos mil veintidós Magistrado JUAN ESTEBAN MUÑOZ CARRASCO Fiscal OSVALDO FIGUEROA MORALES Defensor JOSEFA AINARDI DELGADO X DANIELA DIAZ FRAILE Hora inicio 10:11 Hora término 10:39 Sala 1 / Marcela Urrutia Levipán Tribunal Juzgado de Garantía de Tomé RUC 2001177112-3 RIT 766 - 2021 N°
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