Juzgado de Garantía de Chiguayante.

C/ FRANCISCO ESTEBAN FERNÁNDEZ CERDA

Rol

O-2120-2020

Fecha

7 de febrero de 2022

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Ante este Juzgado de Garantía de Chiguayante, se ha presentado la Fiscal adjunto de Concepción Sra. Pamela Lillo Salazar, domiciliada en calle San Juan Bosco N°2026, Concepción, formulando acusación en contra del imputado FRANCISCO ESTEBAN FERNÁNDEZ CERDA, cédula de identidad N°20.275.871-1, nacido el 11 de agosto del año 2000, trabaja en forma independiente en soldadura, domiciliado en Población Papen, calle Las Lilas Nº 32, comuna de Chiguayante, celular 991214225, por atribuirle responsabilidad en calidad de autor en el delitos CONDUCCIÓN CON PLACA PATENTE ALTERADA, previsto y sancionado en el artículo 192 Letra e) de La Ley 18.290 (Ley Del Tránsito), en el cual le ha cabido participación al acusado en calidad de AUTOR de delito CONSUMADO El imputado FRANCISCO ESTEBAN FERNÁNDEZ CERDA está representado por la Defensora señora María Cecilia Solar Infante.- El Ministerio Público en la audiencia de preparación de juicio oral solicitó continuar la causa según las normas del procedimiento abreviado, petición a que se le dio lugar por reunirse los requisitos legales. En ella estuvieron ininterrumpidamente presentes esta Juez, el Fiscal señor Bernardo Orellana Fernández, el acusado FRANCISCO ESTEBAN FERNÁNDEZ CERDA y su Abogado Defensor doña María Cecilia Solar Infante. PRIMERO: Que los hechos en que fundamenta la acusación el Ministerio Público son los siguientes: El día 03 de octubre del año 2020 alrededor de las 18:20 horas el imputado FRANCISCO ESTEBAN FERNANDEZ CERDA fue sorprendido en las inmediaciones de Calle San Martín con Calle 1 de Población Papen de la comuna de Chiguayante, conduciendo a sabiendas el vehículo marca Toyota modelo Corolla con sus placas patentes adulteradas, adulteración que consistía en que en ambas patentes originales FN.5555, tanto delantera como trasera, se le añadió intencionalmente una cinta adhesiva adulterando la letra F por una E, al percatarse de esta situación Carabineros procedió a la detención. Los hechos antes señalados

Fallo

se declara: I.- Que se condena a FRANCISCO ESTEBAN FERNÁNDEZ CERDA, ya individualizado, en su calidad de AUTOR del delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO CON PLACA PATENTE ALTERADA, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley de Tránsito 18.290, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido en la comuna de Chiguayante, el día 03 de octubre del 2020, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS (541) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la SUSPENSION DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, no habiendo obtenido licencia de conducir el imputado y en caso de obtenerla deberá hacerla llegar al Tribunal para su retención, si no obtiene la licencia el plazo comienza a regir desde el día de hoy y al PAGO DE UNA MULTA A BENEFICIO FISCAL por el monto de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. La multa impuesta deberá pagarse en pesos, en el equivalente que tenga la unidad tributaria mensual al momento de su pago, mediante un depósito efectuado en la Tesorería General de la República. Si el condenado no pagase la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado. Habiéndose encontrado privado de libertad entre el 03 y 04 de octubre del año 2020 en esta causa, se le tendrá por pagada un tercio de Unidad Tributaria Mensual, quedando 5 cuotas de un tercio de

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía, Avenida 8 Oriente N°2372, Chiguayante, teléfono 41-2335393, correo electrónico jgchiguayante@pjud.cl link www.poderjudicial.cl Chiguayante, siete de febrero de dos mil veintidós. Visto: Ante este Juzgado de Garantía de Chiguayante, se ha presentado la Fiscal adjunto de Concepción Sra. Pamela Lillo Salazar, domiciliada en calle San Juan Bosco N°2026, Concepción, formulando acu

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica