ARAMBURU/COMPAÑÍA SUDAMERICANA DE INVERSIONES INMOBILIARIA LIMITADA.
Rol
O-8976-2019
Fecha
24 de mayo de 2021
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos R.I.T. O-8976-2019 por despido injustificado, verbal, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue interpuesta por don Iván Aramburu Paillaleo, trabajador, cédula de identidad 11.445.351- K, domiciliado para estos efectos en Avenida Antonio Varas 303, oficina 407, comuna de Providencia en contra de “Inmobiliaria C & S Limitada”, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.051.304-0, representada por Alejandro Von Ritter Dobson, cédula de identidad 13.740.873-2, ambos con domicilio para estos efectos en Nataniel Cox 30, oficina 8, Santiago
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Síntesis de los argumentos y pretensiones del actor: Expone que con fecha 01 de abril del año 2016, ingresó a prestar servicios bajo dependencia y subordinación para la demandada en calidad de “administrativo”, suscribiendo un contrato de carácter indefinido. Su remuneración a la fecha del despido ascendía a la suma de $517.600. Con fecha 30 de septiembre del año 2019, fue despedido verbalmente y sin expresión de motivo por don Alejandro Von Ritter. No obstante lo anterior con fecha 10 de octubre del 2019, la demandada envío carta de despido al actor por la causal del 160 Nº 3 del C. del Trabajo, fundado en las inasistencias desde el día 01 al 10 de octubre de 2019, y art. 160 Nº 7 , por un episodio ocurrido el día 02 de agosto del 2019, respecto de una máquina de café, y otro ocurrido el día 09 de septiembre del mismo año, respecto de un frigobar. Solicita en definitiva se acoja la demanda o en subsidio se declare injustificado el despido, condenando a la demandada a pagar lo siguiente: a) Indemnizaciones por años de servicio: $1.552.800 (3 años) b) Indemnización por aviso previo: $517.600.- c) vacaciones proporcionales $135.500 d) Incremento 50%: $776.400 o 80% $1.242.240, dependiendo si se acoge demanda de despido verbal o disciplinario.- e) Todo con reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Contestación de la demanda: Que la demandada “Inmobiliaria C & S Limitada no contestó la demanda evacuándose el trámite en su rebeldía. TERCERO: Audiencia Preparatoria. Que llamadas las partes a conciliación esta no se produjo dada la rebeldía de la demandada. Luego, el Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1.- Existencia de estipulaciones de la relación laboral entre la demandante y la demandada. Remuneraciones pactadas y efectivamente percibidas para efecto de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo; 2. Efectividad de haber sido despedido el trabajador, cumpliendo con las solemnidades legales. En la afirmativa, hechos y circunstancias que configurarían la causal de despido o en su caso, efectividad de haber sido despedido verbalmente. Hechos, pormenores y circunstancias; 3. Efectividad de adeudarse las prestaciones correspondientes a feriado proporcional. En la afirmativa monto adeudado o en su caso, efectividad de haber sido pagada dicha prestación u otorgado el beneficio o prestación correlativa. CUARTO: Incorporación de medios probatorios: Que el demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Anexo de Contrato de trabajo de fecha 01 de mayo del 2018; 2. Liquidaciones de sueldo del actor, correspondientes al periodo julio, agosto y septiembre del año 2019; 3. Presentación de reclamo por despido de fecha 10 de octubre del 2019, ingresado en la Inspección del Trabajo; 4. Acta de comparendo de fecha 12 de noviembre del 2019, celebrado en la Inspección del Trabajo, en razón del reclamo 13
Fallo
por tanto que se adeuda la compensación del feriado en los términos solicitados. NOVENO Que toda la prueba rendida en este juicio ha sido analizada de conformidad a las reglas de la sana crítica y aquella no mencionada en nada altera lo ya resuelto por el tribunal, deviniendo la misma en sobreabundante en relación a hechos que se han tenido como suficientemente esclarecidos en este juicio. Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 41, 44, 45, 46, 159, 161, 162, 168, 172, 173, 425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE; I.- Que se ACOGE la demanda interpuesta por don Iván Aramburu Paillaleo, trabajador, cédula de identidad 11.445.351- K, en contra de “Inmobiliaria C & S Limitada”, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.051.304-0, representada por Alejandro Von Ritter Dobson, cédula de identidad 13.740.873-2, todos previamente individualizados y se declara que el demandante fue despedido el día 30 de septiembre de 2019 en forma verbal y sin expresión de causa, en consecuencia se condena a la demandada a pagar al actor lo siguiente: a) Indemnización por años de servicio, por la suma de $1.552.800 . b) Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $517.600.- c) Feriado proporcional por la suma de $135.500 d) Recargo legal del 50% de la indemnización por años de servicio, por la suma de: $776.400 II.- Que las sumas precedentemente indicada
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos R.I.T. O-8976-2019 por despido injustificado, verbal, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue in
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