CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CASTRO PARA LA EDUCACIÓN SALUD Y ATENCIÓN AL MENOR/SIERPE
Rol
I-3-2021
Fecha
24 de mayo de 2021
Materia
Costas, Otros Reclamos, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar los siguientes: Efectividad que le correspondería a la trabajadora o no el derecho a sala cuna o subsidio, y en caso de corresponderle circunstancias por las cuales no se le habría entregado; Circunstancia de otros trabajadores que reciban bono. QUINTO: Que la parte reclamante incorporó en juicio la siguiente prueba documental: Correo electrónico de Manuel Jara para Directores y Directoras de Establecimientos Educacionales de fecha 07 de julio de 2020; Correo electrónico de Manuel Jara para Presidente Provincial de Colegio de Profesores y Presidente Sindicato de Asistentes de la Educación de Castro, de fecha 07 de julio 2020; Consideraciones para regular el trabajo presencial Covid-19; Correo electrónico dirigido a Directoras y Directores de Establecimientos Educacionales de fecha 03 de julio de 2020; Anexo orientaciones para la elaboración “Plan de Contingencia Covid-19” área educación; Correo electrónico de Paola Miranda para Pamela Gallardo de fecha 08 de octubre de 2020; Correo de Paola Miranda a Pamela Gallardo de fecha 16 de octubre de 2020, con correo de arrastre de Pamela Gallardo para Paola Miranda de fecha 15 de octubre de 2020; Correo electrónico de Pamela Gallardo para Valeska Avendaño de fecha 3 de noviembre del año 2020, con correo de arrastre de fecha 30 de octubre de 2020 de Valeska Avendaño a Pamela Gallardo; Correo electrónico de Alan Watters para Pamela Gallardo de fecha 2 de diciembre del año 2020; Copia “Contrato Colectivo Corporación Municipal de Castro para la Educación, Salud y Atención al Menor y con Sindicato Asistentes de la Educación, de fecha 19 de marzo de 2020”; Solicitud de pago bono compensatorio de doña Claudia Saavedra Venegas de fecha 03 de octubre del año 2020; Liquidación de remuneraciones de doña Claudia Saavedra Venegas de fecha 29 de octubre del año 2020; Resolución de Multa de fecha 11 de diciembre del año 2020; Notificación Personal de Multa de fecha 22 de febrero del año 2021; Informe de Exposición N° de fi
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Letras del Trabajo de Castro, se ha dado inicio a la causa RIT I-3-2021, RUC 21-4-0321743-0, procedimiento ordinario de aplicación general, reclamación de multa administrativa y comparece doña Daphne Koenig, abogada, domiciliada en calle O’Higgins N° 557 de la comuna de Castro, en nombre y representación de la CORPORACION MUNICIPAL DE CASTRO, quien viene en deducir reclamación en contra de Resolución de la Jefa de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CASTRO, representada por la Inspectora doña Lorena Sierpe Ojeda, funcionaria pública, cédula nacional de identidad N°14.378.201-8, domiciliada en calle Eleuterio Ramírez N° 233-A de la comuna de Castro, Región de los Lagos, para que en definitiva se acoja de reclamación y se deje sin efecto la multa impuesta. Indica que la reclamante ha sido multada por no haberse otorgado el beneficio de sala cuna a la funcionaria Paola Andrea Miranda Díaz a través de la resolución de multa N° 6113/20/14 de fecha 11 de diciembre de 2020, fue notificada a mi representada con fecha 11 de febrero del 2021. Indica que esta resolución adolece de errores puesto que el artículo 203 del Código del Trabajo dispone la efectividad de otorgar el beneficio de sala cuna para las trabajadoras que cumplan los requisitos legales y también aquellos consagrados en la jurisprudencia administrativa; no es menos cierto que en el caso de marras los mismos no se cumplen respecto de la trabajadora quien ha desempeñado labores voluntaria, como consta en el protocolo denominado “Consideraciones para regular el trabajo presencial Covid-19”, informado y socializado debidamente desde la Corporación a todos los Establecimientos Educacionales y de Salud dependientes de esta Corporación Municipal, en que consta “…La NO existencia de teletrabajo formal por los motivos que se indican latamente…”, lo que implica que también el derecho al beneficio que se reclama no resulta aplicable al caso de marras, puesto que como se ha relatado consta en los diversos correos electrónicos que se enviaron a los Directores de los Establecimientos Educacionales, igualmente en el Protocolo de Emergencia por Covid-19 que claramente y sin lugar a dudas los docentes y asistentes de la Educación, en su caso, que se mantienen en sus hogares desde marzo del año 2020 hasta la fecha inclusive, nunca han tenido la obligatoriedad de trabajar ni prestar servicios para esta Corporación o para sus respectivos establecimientos educacionales, más aun se ha informado en reiteradas oportunidad por parte de la Directora de Recursos Humanos de esta Corporación, previa instrucción Sr. Secretario General de la misma; que se informe a los Directores de Establecimientos Educacionales, docentes y asistentes de la educación que si alguno de ellos presenta alguna inconveniencia de cualquier índole para realizar las funciones que voluntariamente se encuentren realizando sean estas domésticos de salud o cualquier otro, cesen inmediatamente de se
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE, el reclamo de multa administrativa deducida por la CORPORACION MUNICIPAL DE CASTRO INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CASTRO, todos previamente individualizados, por lo que la resolución de multa N°6113/20/14, de fecha 11 de diciembre de 2020, se deja sin efecto por adolecer de errores de hecho y de derecho. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese. RIT I-3-2021 RUC 21-4-0321743-0 Pronunciada por doña CAROLINA EMILIA PARDO LOBOS, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Castro.
Texto Completo (Preview)
Castro, veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Letras del Trabajo de Castro, se ha dado inicio a la causa RIT I-3-2021, RUC 21-4-0321743-0, procedimiento ordinario de aplicación general, reclamación de multa administrativa y comparece doña Daphne Koenig, abogada, domiciliada en calle O’Higgins N° 557 de la comuna de Castro, en n
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