Juzgado de Letras y Garantía de Curacautin.

NOELIA RUTH PAILLA ¤ANCO C/ HÉCTOR ERNESTO MARIHUÁN MORALES

Rol

O-573-2020

Fecha

18 de noviembre de 2021

Materia

AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además, lo dispuesto en los artículos 1,7, 14 , 15 Nº 1, 30, 50, 67, 296 N° 3, del Código Penal,1, 5 y 9 de la Ley 20066, artículos 36, 45, 248, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 600 del Código Orgánico de Tribunales; 4 y siguientes de la Ley N° 18216, y demás disposiciones legales pertinentes, se declara: I.- Que se ACOGE EL REQUERIMIENTO Y se condena a don HÉCTOR ERNESTO MARIHUÁN MORALES, , cedula de Identidad N° 17.839.976-6, en lo demás ya individualizado, a las siguientes penas: -A la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, suspensión de todo cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y pena accesoria del artículo 9 letra b) de la Ley N° 20066, por un año esto, es prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugar de estudio o trabajo o cualquier lugar que visite o frecuente, ESTA ÚLTIMA BAJO APERCIBIMIENTO DE DESACATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 240 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Lo anterior por su responsabilidad como autor del delito consumado de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar en contra de su ex conviviente, Sra. Nohelia Ruth Pailla Ñanco, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal en relación con el artículo 5 de la Ley N° 20066, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 27 de diciembre de 2019. II.- Concurriendo respecto del sentenciado los requisitos establecidos en los artículos 4 y siguientes de la Ley N° 18216, se sustituye la pena privativa de libertad a imponer por el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar por la remisión condicional de la pena, durante el plazo de un año, quedando sujeto al control del Gendarmería de Chile del medio libre del lugar GEJYYXRWXN Marcela Bley Valenzuela Juez de garantía Fecha: 07/02/2022 09:56:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 1,7, 14 , 15 Nº 1, 30, 50, 67, 296 N° 3, del Código Penal,1, 5 y 9 de la Ley 20066, artículos 36, 45, 248, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 600 del Código Orgánico de Tribunales; 4 y siguientes de la Ley N° 18216, y demás disposiciones legales pertinentes, se declara: I.- Que se ACOGE EL REQUERIMIENTO Y se condena a don HÉCTOR ERNESTO MARIHUÁN MORALES, , cedula de Identidad N° 17.839.976-6, en lo demás ya individualizado, a las siguientes penas: -A la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, suspensión de todo cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y pena accesoria del artículo 9 letra b) de la Ley N° 20066, por un año esto, es prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugar de estudio o trabajo o cualquier lugar que visite o frecuente, ESTA ÚLTIMA BAJO APERCIBIMIENTO DE DESACATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 240 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Lo anterior por su responsabilidad como autor del delito consumado de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar en contra de su ex conviviente, Sra. Nohelia Ruth Pailla Ñanco, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal en relación con el artículo 5 de la Ley N° 20066, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 27 de diciembre de 2019. II.- Concurriendo respecto del sentenciado los requisitos establecidos en los art

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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Curacautín., dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno Magistrado MARCELA BLEY VALENZUELA Fiscal IVAN ISLA AMARO Defensor MARCELA BUSTOS Hora inicio 01:25PM Hora termino 01:37PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Curacautin. Acta C,B RUC 1901405488-2 RIT 573 - 2020 Actuaciones efectuadas NOMBRE IMPUTADO RUT D

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