JOHAN ANTONI (CARABINERO) SOTO GARRIDO C/ MARIO LORENZO URIBE CEREZO
Rol
O-551-2021
Fecha
4 de febrero de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDO LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: El día uno de febrero del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los jueces señora Juana Ríos Meza, quien presidió, don Juan Ibacache Cifuentes y doña Loreto Jara Peña, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los hechos Rol Interno Nº551-2021, seguidos por el Ministerio Público, representado por el Fiscal, don Maximiliano Mariangel Puga, en contra de MARIO LORENZO URIBE CEREZO, chileno, cédula de identidad N°19.178.820-6, casado, nacido el 23 de septiembre de 1995, 26 años, 6° año de enseñanza básica, comerciante, con domicilio en Pasaje Salitrera Normandía Nº3490, comuna de Alto Hospicio, representado por la Defensora Penal Pública, doña Pamela Delucchi Henríquez. SEGUNDO: El Ministerio Público fundó su acusación, según se lee en el auto de apertura, en los siguientes hechos: “El día 10 de Mayo de 2019, aproximadamente a las 21:49 horas, el acusado MARIO LORENZO URIBE CEREZO. conducía el vehículo, Marca Mazda, Modelo Verisa, PPU KRTG.38, color rojo, año 2003, siendo fiscalizado por Carabineros, en Avenida Las Américas con Pasaje Guinea de Alto Hospicio, personal policial pudieron darse cuenta que el acusado se encontraba bajo los efectos de las drogas, ya que mantenía una modulación retardada, pupilas dilatadas, ojos enrojecidos, sequedad bucal, efectuado el examen toxicológico respectivo este arrojó presencia en la sangre del organismo del acusado de las sustancias ACIDO 11-NOR-D9-THC-CARBOXILICO, además conducía sin haber obtenido licencia para conducir”. A juicio del Ministerio Público, los hechos referidos son constitutivos delito consumado de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 196, 209 de la Ley 18.290, correspondiéndole al acusado participación de autor, respecto de quien no concurren circuns
Fundamentos
considerando a continuación que en la especie no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, de acuerdo al artículo 67 del Código Punitivo, se aplicará la pena en su piso, por estimarlo condigno con la conducta desplegada por el enjuiciado. Por otra parte, considerando que el acusado se encuentra privado de libertad por causa diversa, de lo cual se puede concluir que no genera recursos económicos para solventar sus necesidades, conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Código Penal, se rebaja la multa por debajo del límite legal; y
Fallo
por estas mismas consideraciones, y conforme a lo dispuesto en el artículo 47 del Código Procesal Penal, se eximirá al sentenciado del pago de las costas del procedimiento Sin perjuicio que el sentenciado no ha obtenido licencia de conducir, igualmente se dispondrá la suspensión de la misma por el plazo que el artículo 196 de la ley del ramo dispone. DÉCIMO TERCERO: En atención a las condenas pretéritas del sentenciado, las que suman 1.182 días, superando así los dos años, sumado que dos de ellas se sustituyeron por la reclusión parcial nocturna, y no cumpliendo los requisitos de la Ley N°18.216, no se sustituirá la sanción privativa de libertad por alguna de las contempladas en el citado texto legal, la que deberá cumplir de manera efectiva. KTDBYXNGFC Loreto Jimena Jara Pena Juez oral en lo penal Fecha: 04/02/2022 12:59:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 8 Por estas consideraciones, normas citadas, y lo dispuesto en los artículos 1, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 21, 26, 30, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; artículos 1, 110 inciso segundo, 111, 196 y 209 de la Ley de Tránsito 18.290; artículos 1, 45, 47, 295, 296
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1 C/ MARIO LORENZO URIBE CEREZO CONDUCCION BAJO LA INFLUENCIA DE ESTUPEFACIENTES RUC Nº 1900510301-3 ROL INTERNO: Nº 551-2021 IQUIQUE, cuatro de febrero de dos mil veintidós. VISTO Y OIDO LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: El día uno de febrero del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los jueces señora Juana Ríos Meza, quien presidió, don Ju
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