Juzgado de Garantía de La Calera.

MMPP C/ FRANCISCO JAVIER PALMA PALMA

Rol

O-1995-2018

Fecha

4 de enero de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 14 de Septiembre de 2018, aproximadamente a las 15:20 horas, el requerido FRANCISCO JAVIER PALMA PALMA, ingresó al interior de la tienda Ripley de La Calera ubicada en calle J. J. Pérez N° 90 de la comuna de La Calera. Estando adentro, procede a sustraer con ánimo de lucro, sin la voluntad de su dueño 1 blusa, 3 vestidos y 1 chaqueta, especies avaluadas en su conjunto en la suma total de ciento noventa y ocho mil novecientos cuarenta pesos ($198.940), especies que sustrae ocultándolas en bolsas plásticas con el logo de la tienda para luego traspasar el acceso de la tienda sin cancelar el valor de las mismas instante en que es detenido por guardias de seguridad quienes logran frustrar el hecho y recuperar las especies. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y, visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Nº 9, 15 Nº 1, 30, 68, 70, 432, 446 N° 2 y 449 del Código Penal; artículos 1, 297 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 1, 4 y 38 de la Ley 18.216, se resuelve: I.- Que, se condena a FRANCISCO JAVIER PALMA PALMA, Cédula Identidad 0016753117-2, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y dos días de prisión en su grado máximo, multa de una Unidad Tributaria Mensual y a accesoria general de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su responsabilidad como autor de un delito frustrado de hurto simple de DZJTXYTPXX Rene Alejandro Subiabre Perez Juez de garantía Fecha: 01/02/2022 13:38:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua

Fallo

se resuelve: I.- Que, se condena a FRANCISCO JAVIER PALMA PALMA, Cédula Identidad 0016753117-2, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y dos días de prisión en su grado máximo, multa de una Unidad Tributaria Mensual y a accesoria general de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su responsabilidad como autor de un delito frustrado de hurto simple de DZJTXYTPXX Rene Alejandro Subiabre Perez Juez de garantía Fecha: 01/02/2022 13:38:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl especies por un valor superior a 4 e inferior a 40 UTM, cometido el 14 de septiembre de 2018, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que, el cumplimiento de la pena corporal se sustituye por la pena de remisión condicional, debiendo el sentenciado someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es C.R.S. de Valparaíso y cumplirlas demás exigencias legales, por el término de un año. Se establece como fecha de presentación el día 21 de febrero de 2022. III.- Que, la pena de multa se tiene por cumplida con cargo a l

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, a cuatro de enero de dos mil veintidós. Hechos: El día 14 de Septiembre de 2018, aproximadamente a las 15:20 horas, el requerido FRANCISCO JAVIER PALMA PALMA, ingresó al interior de la tienda Ripley de La Calera ubicada en calle J. J. Pérez N° 90 de la comuna de La Calera. Estando adentro, procede a sustraer con ánimo de lucro, sin la voluntad de

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