Juzgado de Garantía de Puente Alto

C/ ALEX ISAÍAS CÓRDOVA PEÑA

Rol

O-8499-2019

Fecha

31 de enero de 2022

Materia

MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ESTABLECIDOS EN LA SENTENCIA: El día 05 de julio del año 2019 alrededor de las 23:45 horas aproximadamente el imputado don Alex Isaias Córdova Peña se encontraba en la intersección de calle Camino al Sur con camino al Volcán de la comuna de San José de Maipo en compañía de otro individuo en un paradero, en el cual estaba ingiriendo alcohol por los cuales personal policial le indican que cursaría una infracción por estar consumiendo alcohol en la vía pública, momento en los cuales el imputado procedió a agredir con un golpe de puño en el rostro al funcionario policial don Victor Catril Gonzalez, resultando con eritema circular de 4x4 cm en zona sigomatica con aparente formación de equimosis pequeña, sin signos de fractura corte, lesiones de carácter leve. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: Se reconoce la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. SENTENCIA (parte resolutiva): Puente Alto, treinta y uno de enero de dos mil veintidós. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 14, 15, 25, 30, 50, 60, 67, y 69 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 416 bis N°4 del Código de Justicia Militar; y Ley N° 18.216; SE RESUELVE: I.- Que, se condena a ALEX ISAÍAS CÓRDOVA PEÑA, C.I. 19.072.878-1, ya individualizado, como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 416 bis N°4 del Código de Justicia Militar, por los hechos acaecidos en la comuna de San José de Maipo el día 05 de julio de 2019, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la pena accesoria legal de suspensión para cargos y oficios público durante el tiempo que dure la condena. II.- Que, por reunir los requisitos del artículo 4 de la Ley N° 18.216, se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta precedentemente por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al BLWRXYREYT MARIA JOSE ARAYA SAAVEDRA Juez de garantía Fecha: 01/02/2022 09:49:59 ESTE D

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que, se condena a ALEX ISAÍAS CÓRDOVA PEÑA, C.I. 19.072.878-1, ya individualizado, como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 416 bis N°4 del Código de Justicia Militar, por los hechos acaecidos en la comuna de San José de Maipo el día 05 de julio de 2019, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la pena accesoria legal de suspensión para cargos y oficios público durante el tiempo que dure la condena. II.- Que, por reunir los requisitos del artículo 4 de la Ley N° 18.216, se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta precedentemente por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al BLWRXYREYT MARIA JOSE ARAYA SAAVEDRA Juez de garantía Fecha: 01/02/2022 09:49:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl control administrativo y a la asistencia de Centro de Reinserción Social Santiago Occidente de Gendarmería de Chile, por el término de UN AÑO, y debiendo además cumplir durante el periodo de control con las condiciones legales del artículo 5 de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse ant

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Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha Puente Alto., treinta y uno de enero de dos mil veintidós Magistrado MARÍA JOSÉ ARAYA SAAVEDRA Fiscal CONSTANZA UGALDE Defensor JOSE SOBERON Hora inicio 11:46AM Hora termino 12:20PM Sala SALA JOS (VIDEOCONFERENCIA) Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta csp RUC 1900721197-2 RIT 8499 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION CO

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